Ante la permanencia de los elevados índices de ozono en la Ciudad de México, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) incrementó las acciones para coadyuvar a disminuir los contaminantes.

La dependencia federal indicó que las autoridades correspondientes deberán aplicar de manera inmediata las siguientes acciones:

1. Las autoridades de tránsito y vialidad establecerán operativos para agilizar el tránsito vehicular en la Zona Metropolitana del Valle de México.

2. Las autoridades ambientales incrementarán la vigilancia mediante el Programa de Vehículos Contaminantes en la Zona Metropolitana.

3. Se suspenderán las actividades de pintura de vehículos en la vía pública, mobiliario y equipos a cielo abierto, así como en instalaciones que no cuenten con casetas de pintura.

4. Se suspenderán las actividades de limpieza y desengrase en los sectores industrial y de servicios que utilicen productos orgánicos volátiles sin control de emisiones.

5. Se suspenderán actividades de abastecimiento de combustibles en estaciones de servicio que no cuenten con sistemas de recuperación de vapores, o que estos no operen adecuadamente.

6. Se suspenderán actividades en las estaciones de servicio de gasolina y gas LP de carburación, con la terminación 7 y 8, correspondiente a su último dígito numérico de identificación.

7. Se suspenderán actividades del 20% de las plantas de distribución de gas licuado de petróleo de acuerdo con la terminación 7 y 8, correspondiente a su último dígito numérico de identificación.

8. Las dependencias y entidades de la administración pública local deberán intensificar la vigilancia para evitar incendios en áreas boscosas, agrícolas y urbanas. Deberán reforzar el combate de incendios activos.

9. Las dependencias y entidades de la administración pública local, en coordinación con las autoridades federales, suspenderán las actividades de bacheo, pintado y pavimentación, así como las obras y actividades que obstruyan o dificulten el tránsito de vehículos.

10. Queda prohibida la quema de cualquier tipo de material o residuo sólido o líquido a cielo abierto o en chimeneas domésticas, incluyendo las quemas realizadas para adiestramiento y capacitación de personal encargado del combate de incendios, así como las quemas agrícolas y fogatas de todo tipo.

11. Se suspenderán todas las actividades de impresión que utilicen productos orgánicos volátiles  que no cuenten con equipo de control.

12. Se suspenderán las actividades industriales que utilicen benceno, tolueno, xilenos o sus derivados que no cuenten con equipos de control.

ahd

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