El (SAT) informó que la Constancia de Situación Fiscal (CSF) no es un requisito obligatorio para la emisión de facturas electrónicas durante 2026.

Multa por solicitar la constancia de situación fiscal. Foto: Archivo / El Universal
Multa por solicitar la constancia de situación fiscal. Foto: Archivo / El Universal

La autoridad fiscal precisó que ningún comercio, empresa o proveedor puede condicionar la entrega de un CFDI a la presentación de este documento.

Mediante un, el organismo recordó que exigir la CSF para emitir una factura electrónica constituye una práctica indebida, ya que la normativa vigente no lo contempla como requisito indispensable.

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Multa por solicitar la constancia de situación fiscal

Ante ello, el organismo advirtió que quienes soliciten la Constancia de Situación Fiscal como condición para facturar pueden ser acreedores a sanciones económicas.

De acuerdo con la autoridad, esta conducta está tipificada como una infracción en el Artículo 83, fracción IX, del Código Fiscal de la Federación, al condicionar la expedición de un CFDI. Las multas aplicables por esta falta van de los:

  • 21 mil 420 pesos como sanción mínima
  • Hasta 122 mil 440 pesos como multa máxima
Multa por solicitar la constancia de situación fiscal. Foto: Archivo / EL UNIVERSAL.
Multa por solicitar la constancia de situación fiscal. Foto: Archivo / EL UNIVERSAL.

Datos que sí son necesarios para emitir una factura

Para cumplir con las reglas de facturación electrónica, el SAT indicó que el contribuyente receptor solo debe proporcionar cuatro datos básicos, sin necesidad de entregar el documento completo de la CSF, ya sea en formato físico o digital, los cuales son:

  • RFC (Registro Federal de Contribuyentes)
  • Nombre o razón social
  • Código postal del domicilio fiscal
  • Régimen fiscal

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Además, en el ámbito laboral aclaró que los empleadores no están facultados para solicitar la Constancia de Situación Fiscal a sus trabajadores con fines de timbrado de nómina. En estos casos, las empresas deben recabar los datos fiscales mediante un caso de aclaración, conforme a la ficha de trámite 44/CFF, solicitud de datos en el RFC de asalariados del Anexo 2 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

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