El presidente del Máximo Tribunal, Luis María Aguilar Morales, afirmó que en la Constitución federal, la revocación de mandato aún no ha sido incorporada como una forma de separación del cargo de los servidores públicos, por lo que resulta inconstitucional

Se aprobó que esta figura procederá cuando haya transcurrido al menos la mitad del periodo por el que un representante popular fue electo y podrá ser solicitada por al menos 10% de ciudadanos inscritos en la lista nominal del ámbito de gobierno respectivo