Una característica de los procesos de autocratización es el ir acotando los derechos políticos mediante el encarecimiento de los requisitos para su ejercicio. Es consustancial al autoritarismo dificultar el disfrute y la protección de los Derechos Humanos, en general, y de los de participación política, en particular.

Esa tendencia apunta sobre todo al derecho a ser votado, ya sea mediante el incremento de sus requisitos, o bien dificultando las condiciones para su ejercicio efectivo.

Un claro ejemplo de esa vocación autoritaria, que se suma a otros muchos de la larga lista que nos ha regalado el morenismo en el poder, lo constituye la iniciativa que la presidenta Sheinbaum envió hace unos días al Congreso de la Unión para impedir que aquellos ciudadanos mexicanos que hubieran obtenido una doble nacionalidad, en ejercicio del derecho constitucional que se los permite, puedan aspirar a ser candidatos a la Presidencia de la República o bien a alguna gubernatura.

Desde la aprobación de la doble nacionalidad en 1997 como un derecho reservado para las y los mexicanos por nacimiento, el artículo 32 constitucional señaló que su ejercicio implicaba, como consecuencia, quedar inhabilitados para ocupar algún cargo para el que las leyes fijaran como requisito, paradójicamente, ser mexicanos por nacimiento. En los hechos, el ejercicio del derecho de la doble nacionalidad implicaba, en consecuencia, una especie de capitis diminutio que degradaba a los mexicanos por nacimiento despojándolos de su derecho a ocupar cargos para los que esa categoría (con la que habían nacido) era requerida.

Para enfrentar esa inédita circunstancia, que resultaba insostenible desde la teoría contemporánea de los Derechos Humanos (y que se traducía en un: sólo tú eres titular de ese derecho, pero si lo ejerces pierdes otros), la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (cuando era un auténtico órgano garantista y no el remedo en el que se ha convertido) sostuvieron la tesis de que si un ciudadano que hubiera ejercido el derecho a la doble nacionalidad presentaba un escrito ante el INE renunciando a la protección del gobierno extranjero cuya ciudadanía hubiera adquirido, bastaba para ser elegible a cualquier cargo de elección popular (bajo la premisa de que todos los cargos de elección popular en México exigen el requisito de ser mexicanos por nacimiento).

Ese ha sido el criterio que ha regido el derecho electoral mexicano desde hace muchos años y el que le ha permitido a múltiples ciudadanos contender legítimamente por diversos cargos electivos (por cierto, muchos de ellos llegaron postulados por Morena a sus cargos, como Jaime Bonilla a la gubernatura de Baja California, o Napoleón Gómez Urrutia y la finada Nestora Salgado al Senado).

Se trata de un criterio razonable y que resolvió una injustificable restricción de derechos que, con una lógica chauvinista y trasnochada, se había establecido en la Constitución.

Sin embargo, envuelta en su cruzada soberanista y con una evidente y sospechosa intencionalidad política, la presidenta Sheinbaum hoy pretende revocar (conscientemente o no) ese criterio con su iniciativa. El problema es que, con ello, viola un principio básico que rige a los Derechos Humanos, el de progresividad y no regresividad, que implica que una vez que un derecho fundamental ha sido reconocido por el orden jurídico, éste no puede revertirse.

La posibilidad de que quien tenga una doble nacionalidad pueda competir por un cargo de elección popular si renuncia a la protección del gobierno extranjero ya es un derecho adquirido por todos los mexicanos por nacimiento. Así que pretender prohibirlo resulta tan violatorio del derecho de los Derechos Humanos como lo sería, por ejemplo, reintroducir la pena de muerte en nuestro ordenamiento jurídico.

Así la lógica autoritaria de quien nos gobierna.

Investigador del IIJ-UNAM. @lorenzocordovav