Hay reformas constitucionales que cambian las reglas del poder. Otras reconocen nuevos derechos. Algunas corrigen errores. Y hay también reformas que sirven para algo mucho más modesto: dar una conferencia de prensa. La presidenta de la República acaba de enviar una iniciativa para establecer que quien aspire a encabezar el Ejecutivo federal, una gubernatura o el Gobierno de la Ciudad de México no tenga otra nacionalidad.
Según la exposición de motivos de la iniciativa, existe un “vacío legal” que debe cerrarse. El problema es que ese vacío no existe. Desde el 20 de marzo de 1997, el artículo 32 de la Constitución dispone que los cargos y funciones para los cuales la propia Constitución exige ser mexicano por nacimiento “se reserva[n] a quienes tengan esa calidad y no adquieran otra nacionalidad”. Hace casi treinta años que dispone eso.
La iniciativa conoce ese artículo. Lo cita. Incluso reconoce que la Ley de Nacionalidad contempla el caso de los mexicanos por nacimiento a quienes otro Estado atribuye también su nacionalidad y establece el mecanismo mediante el cual pueden satisfacer la exigencia constitucional. A pesar de ello, sostiene que existe un vacío porque el artículo 32 habla de “adquirir” otra nacionalidad y no de “tener” una atribuida desde el nacimiento. Pero si realmente existiera semejante vacío, resultaría difícil explicar por qué durante décadas ha existido precisamente un procedimiento legal para resolver ese supuesto. La propia exposición de motivos reconoce que ese mecanismo ha sido aplicado y que existen criterios de la Suprema Corte y del Tribunal Electoral al respecto.
No estamos, pues, ante el descubrimiento de un agujero constitucional oculto durante treinta años. Estamos ante otra cosa. Estamos ante la utilización de la Constitución como instrumento de política ordinaria. Una Constitución no debería reformarse para enfatizar lo que ya dice, mandar señales políticas o convertir una coyuntura en texto constitucional. Para eso están los discursos, las declaraciones, las conferencias de prensa. La Constitución cumple otra función: establecer las reglas fundamentales y relativamente estables de la convivencia política. Cada vez que incorporamos a ella el mensaje político del momento la hacemos un poco menos Constitución.
Reformar por reformar tampoco es inocuo. Cada reforma transmite la idea de que el texto anterior era insuficiente y de que sólo mediante una nueva decisión del poder político puede encontrarse la solución. Aquí ocurre exactamente lo contrario: bastaba con leer la Constitución que ya tenemos.
Lo preocupante de esta iniciativa no es la exigencia de nacionalidad. Puede discutirse si resulta conveniente, excesiva o anacrónica. El problema anterior a ese debate es más elemental: la regla que supuestamente viene a introducir ya está en la Constitución. Y eso revela una manera de entenderla. Si el texto constitucional puede reformarse, aunque ya contenga la solución, porque lo importante no es modificar el derecho sino producir un efecto político, entonces sus palabras dejan de importar. Una Constitución que no necesita ser leída antes de ser reformada termina convertida en una Constitución que tampoco necesita ser respetada.
Investigador de la Universidad Panamericana @ChemaSoberanes
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