Con división de votos, la Sala Superior del ( TEPJF ) revirtió el fallo de la Sala Regional Guadalajara que avalaba la convocatoria a sólo candidatas mujeres a la elección extraordinaria para renovar la presidencia municipal de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco.

En un largo debate, los magistrados rechazaron con 4 votos en contra y tres a favor la propuesta de la magistrada ponente Mónica Soto, de confirmar la exclusión de candidaturas encabezadas por hombres.

El magistrado presidente del TEPJF, Reyes Rodríguez Mondragón , argumentó que el Congreso de Jalisco se extralimitó en sus funciones al restringir la convocatoria a únicamente aspirantes mujeres, pues en elecciones extraordinarias no pueden restringirse los derechos que otorgan la Constitución Mexicana , la Constitución del Estado , las leyes respectivas y el código electoral a la ciudadanía, a las candidatos o candidatos y a los partidos políticos .

“Considero que no es válido obligar a los partidos políticos que en el proceso electoral ordinario participaron con candidatos hombres a postular ahora a una candidatura mujer y contar únicamente con 10 días de campaña para presentar esa candidatura y los postulados o propuestas electorales ante la ciudadanía, porque ello generaría un desequilibrio, en contraste con las candidatas que fueron postuladas y realizaron campaña en el proceso ordinario”, expresó Rodríguez Mondragón.

Previamente, la magistrada ponente Mónica Soto Fregoso, argumentó que el tema debería analizarse y juzgarse con perspectiva de género, ya que, en Jalisco, la participación de las mujeres en cargos de elección popular, y en particular en las presidencias municipales, es muy limitada.

Dijo que de los 125 municipios que hay en la entidad, solo 20 son gobernados por mujeres y en ellos solo habita el 4.1 por ciento de la población estatal, es decir, son municipios pequeños o con poca importancia en términos demográficos, económicos, políticos, sociales y culturales.

Destacó que, en contraste, 105 municipios, entre ellos los diez que tienen más de 100 mil habitantes, son encabezados por hombres.

“Me parece que este dato sería suficiente para notar una clara desventaja que no es dicha en un discurso o que no es nada más un análisis académico de la situación. Hoy por hoy me parece que estos datos, que son una lamentable realidad, una terrible visibilización de lo que es la política con sesgo de hombres en el estado de Jalisco, en el ámbito municipal, sería suficiente para apoyar esta acción afirmativa que fue decretada por el Congreso del Estado de Jalisco”, señaló.

Sostuvo que de confirmarse la convocatoria exclusiva para mujeres en Tlaquepaque, el 12.57 por ciento de los jaliscienses contarían con una mujer al frente de las presidencias municipales, en tanto que las mujeres estarían a la cabeza del 20.8 por ciento de los ayuntamientos, “cifra que si bien dista considerablemente de un escenario paritario, constituye sí un avance considerable, atendiendo a que la paridad debe entenderse también como la proporción de la población gobernada por mujeres, más allá de sólo una cuestión cuantitativa”.

Los magistrados Reyes Rodríguez Mondragón, Janine Otálora, Felipe de la Mata Pizaña y Felipe Fuentes Barrera votaron en contra del proyecto, mientras que Mónica Soto Fregoso, José Luis Vargas Valdez e Indalfer Infante lo hicieron a favor.

Hace un mes, el TEPJF declaró la nulidad de los comicios en el municipio de Tlaquepaque, Jalisco, donde consideró que hubo vulneración a los principios de laicidad del Estado, luego de que Morena denunció que, en el marco del proceso electoral del pasado 6 de junio, el cardenal emérito Juan Sandoval Íñiguez llamó a no votar por los candidatos morenistas, lo cual, a juicio del partido, influyó en el resultado de la elección.

De esa manera, se anularon los comicios en los que había triunfado la candidata de Movimiento Ciudadano (MC), Mirna Citlalli Amaya de Luna, mientras que el morenista Alberto Maldonado Chavarín quedó en segundo lugar.

La elección extraordinaria en Tlaquepaque se llevará a cabo el próximo 21 de noviembre.

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