Por unanimidad y sin debate, los magistrados del (TEPJF) desecharon la impugnación y confirmaron las medidas cautelares impuestas por el Instituto Nacional Electoral (INE) a la jefa de gobierno, , por sus publicaciones en redes sociales respectó al proceso de revocación de mandato .

En sesión pública de la Sala Superior, los magistrados electorales declararon improcedente el recurso interpuesto por la gobernante capitalina respecto del incumplimiento de la medida cautelar adoptada en el diverso ACQyD-INE-55/2022, por parte de la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México.

En consecuencia, el TEPJF confirmó las medidas cautelares impuestas por el INE respecto a las publicaciones del 14 de marzo en Facebook, “por la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido”, dentro del proceso de revocación de mandato.

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Los magistrados aprobaron por unanimidad el proyecto de sentencia que considera “inoperantes los argumentos de la recurrente encaminados a demostrar que no estaba obligada a retirar las publicaciones, pues dicha obligación surgió de un acuerdo previo al impugnado, el cual no fue combatido oportunamente”.

Además, señalaron que los argumentos destinados a demostrar que las publicaciones no son propaganda gubernamental, “son ineficaces para alcanzar su pretensión, pues la orden de retiro de las publicaciones obedeció a lo resuelto por la Comisión de Quejas y Denuncias del INE al resolver las medidas cautelares, decisión que la recurrente no impugnó”.

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De esta manera, al desestimarse todos los argumentos presentados por la jefa de gobierno, se confirmó “el acto impugnado”.

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