[Publicidad]
Por primera vez un tribunal federal concedió una suspensión provisional a la obligación impuesta por el Servicio de Administración Tributaria ( SAT ) para que los transportistas agreguen a los comprobantes fiscales más datos que acrediten la legalidad de sus mercancías.
Esta obligación está contenida en el complemento Carta Porte y la suspensión únicamente beneficiará a una de las filiales de Pepsico , que tramitó un amparo contra esta determinación.
La medida fue concedida por el Vigésimo Primer Tribunal Colegiado en materia Administrativa de la Ciudad de México que concluyó que con la suspensión no se afecta al interés social, pues los transportistas todavía deben expedir Comprobantes Fiscales Digitales (CFDI).
Lee también
En consecuencia y en este caso específico, Pepsico deberá continuar con la expedición del CFDI pero sin el complemento de la Carta Porte para que pueda deducir en su favor los comprobantes que le expidan terceros a los que contrate para transportar mercancías.
En su acuerdo, el Colegiado destacó que el Código Fiscal de la Federación faculta al SAT para expedir misceláneas fiscales que faciliten el cumplimiento de obligaciones tributarias y no para complicarlas.
[Publicidad]
Lee también
jabf/rdmd
[Publicidad]
Más información

Descubre y Compra
Sam's Club liquida pantalla Samsung 4K de 98 pulgadas con ahorro de más de 27 mil pesos; ¿cómo aplicar la oferta?

Nación
Harfuch: Hijo de "R1" ordenó feminicidio de influencer Valeria Márquez; "estamos en búsqueda de él", indica

Espectáculos
Toda la saga de "The Walking Dead" llegará a Netflix tras acuerdo de 500 millones de dólares

Nación
Cae el "R1", autor intelectual del homicidio del alcalde Carlos Manzo; Harfuch destaca golpe al CJNG






