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Un tribunal federal negó amparar a un estudiante universitario que fue suspendido un semestre por acosar sexualmente a una compañera.
El Octavo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en Naucalpan de Juárez, Estado de México, negó revertir la sanción que le fue impuesta al estudiante, quien era menor de edad cuando ocurrieron los hechos en 2017 , por la Comisión de Honor del Consejo Universitario de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
Esto, debido a que los magistrados consideraron que realizar insinuaciones u observaciones marcadamente sexuales constituye violencia de género , según lo dispuesto por el Protocolo de Atención a Casos de Violencia de Género de la UNAM ; lo que implica una falta de respeto entre los miembros de la comunidad universitaria, de conformidad con el Estatuto General de la Máxima Casa de Estudios.
Además, precisaron que el dicho de la menor víctima era una prueba fundamental para demostrar el hecho denunciado; además de que en el expediente se ofrecieron otras pruebas como impresiones de pantalla del celular de la afectada en las que se advertía el acoso sexual que había sufrido por parte de su compañero.
Por ello, el Tribunal Colegiado de Circuito negó el amparo que solicitó el menor de edad suspendido.
mpb
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