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El dictamen aprobado por el Congreso capitalino, relativo a la ratificación de la persona titular de la Fiscalía General de Justicia capitalina, reforma, modifica y adiciona los artículos 44, 44 Bis y 99 de la Ley Orgánica de la Fiscalía.
Este dictamen refiere que las personas titulares de la fiscalía general y de las fiscalías especializadas para la Atención de Delitos Electorales y de Combate a la Corrupción, podrán ser ratificadas hasta por un periodo igual al de su nombramiento.
Como parte del proceso de ratificación el Consejo Judicial requerirá por escrito a la persona titular de la fiscalía en funciones que manifieste si tiene interés en ello. En caso afirmativo, el Consejo Judicial deberá iniciar un proceso público y abierto de evaluación de su desempeño.
Con base en el resultado de la evaluación, el Consejo Judicial emitirá opinión sobre la ratificación, con el voto de las dos terceras partes de sus integrantes. La ratificación será enviada a la Jefatura de Gobierno que a su vez la mandará al Congreso local.
De no obtenerse la mayoría calificada en el pleno del Congreso para la aprobación de la ratificación, el Consejo Judicial emitirá la convocatoria correspondiente.
De acuerdo al artículo 37 de la Constitución local, el Consejo Judicial Ciudadano estará integrado por 11 personas, de las cuales siete serán profesionales del Derecho.
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