Un juez federal desechó la demanda de amparo promovida por el Partido Nueva Alianza ( Panal ) contra la pérdida de su registro ante el Instituto Nacional Electoral ( INE ).

El juez Décimo Cuarto de Distrito en materia Administrativa desechó por notoriamente improcedente la demanda de amparo presentada por el partido el pasado 3 de octubre.

Esto, debido a que en materia electoral los jueces de amparo no son autoridad competente sino que, en el caso del partido político , la impugnación contra la pérdida del registro deberá tramitarse ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) .

“Conforme a la Constitución Federal, existe un sistema de justicia electoral que permite, por un lado, impugnar leyes electorales vía acción de inconstitucionalidad, sin que sea viable impugnar a través del juicio de amparo disposiciones que atañen específicamente a esa materia”, indicó el juez.

“Este órgano jurisdiccional considera que la legislación y actos combatidos se circunscriben al ámbito de la materia electoral , en su vertiente indirecta, pues indudablemente se vinculan con los derechos y prerrogativas del partido político en cuestión, y de forma destacada, con el derecho a participar, conforme a lo dispuesto en la Constitución y en las leyes aplicables, en la preparación, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales, así como tener acceso a radio y televisión y participar del financiamiento público correspondiente a sus actividades políticas, entre otros”.

El 12 de septiembre pasado el INE decretó la pérdida del registro nacional de Panal y del Partido Encuentro Social pues no alcanzaron el tres por ciento de votación durante los comicios de julio pasado.

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Con ello, el INE anunció el inicio del procedimiento de liquidación de los bienes de ambos partidos y el cese del financiamiento público que recibían.

En consecuencia, las prerrogativas del partido debían ser depositadas en cuentas bancarias abiertas y administradas por los interventores-liquidadores designados por el INE y los recursos serán utilizados para la liquidación.

En la votación presidencial el Panal recibió el 0.9% de sufragios; el 2.3% en la elección de diputados y 2% en la de senadores.

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Durante la sesión del INE , Luis Castro Obregón, presidente nacional de Panal acusó que la decisión de quitarle el registro no fue de la ciudadanía sino del TEPJF .

mpb

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