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Ciudad de México.- El día de ayer, la Cámara de Senadores votó a favor la reforma de los artículos 22 y 73 de la Constitución,
Estas reformas a los artículos, tienen por objetivo incluir mecanismos de extinción de dominio de los bienes que provengan de la extorsión, el robo de hidrocarburos (conocido como huachicoleo) o la corrupción.
La extinción de dominio es un mecanismo mediante el cual, el gobierno puede hacerse con los derechos de propiedad de bienes que sean instrumento, objeto o producto de delitos. Sin compensación alguna para su anterior dueño.
En un documento emanado del Senado , donde se explica a detalle estas reformas , se argumenta que la extinción de dominio genera beneficios como: enviar el mensaje de que el crimen no es opción, se reducirán los niveles de impunidad, se obtendrán recursos para apoyar a diferentes instituciones, se podrá solucionar la crisis de inseguridad que vive el país.
Y que existen países, donde esta figura ha generado importantes resultados, como Colombia, Estados Unidos, Italia o Guatemala.
Algunas de las modificaciones más importantes a estos artículos es la integración de los siguientes delitos como objetos de extinción de domino:
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La inclusión de los delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos como delitos graves.
Los delitos relacionados a la extorsión.
También lo serán delitos relacionados con la corrupción, como: abuso de autoridad, tráfico de influencia o enriquecimiento ilícito.
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El documento añade que la extinción de dominio no ha dado los resultados esperados en el combate a la estructura financiera de la delincuencia en México porque se ha convertido en un proceso lento e ineficaz.
Esa es otra razón para la modificación de estos artículos, volver la extinción de dominio en una herramienta eficaz y eficiente con mayor operatividad y funcionalidad.
También, se garantiza que toda persona afectada podrá acceder a los medios de defensa adecuados para demostrar la procedencia legítima de los bienes sujetos al procedimiento.
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Como ejemplo, de una extinción de dominio eficaz, se cita el caso de Colombia. En 2008, en el país sudamericano, de encontraban 2 mil 703 procesos judiciales por extinción de dominio y se obtuvieron 28 mil 165 bienes, mientras que en México entre 2010 y 2011 solo se tenían tres procesos judiciales en esta materia y de los cuales solo se obtuvieron ocho bienes.
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