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El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) instruyó a la Fiscalía General de la República (FGR) dar a conocer si impugnó la resolución emitida por un tribunal federal, en septiembre de 2023, mediante la cual anuló una serie de pruebas con las que se buscaba acreditar la entrega de sobornos de parte de la empresa Odebrecht a Emilio Lozoya, en la carpeta de investigación FED/SEIDF/IGI-CDMX/0000117/2017.
Al respecto, la FGR deberá especificar el número de procedimiento iniciado, el tribunal donde se tramita y el estado actual.
“El tema que hoy se aborda está relacionado a los pormenores legales del proceso penal del caso Odebrecht, el cual ha sido parte del orden del día de múltiples sesiones de este pleno, donde este colegiado ha revocado una y otra vez las respuestas de los sujetos obligados diversos a los que se les pregunta información, con la finalidad de que se busque adecuadamente lo que se requirió, o bien, en el sentido de declarar la improcedencia de la clasificación en su modalidad de reserva, por relacionarse con actos de corrupción”, subrayó el comisionado presidente del Inai, Adrián Alcalá Méndez.
Sostuvo que la apertura de información reservada o confidencial, aunque esté relacionada con actos de corrupción, debe estar sujeta a la aplicación efectiva de diversos mecanismos legales complejos que cuentan con requisitos y metodologías, incluyendo una ponderación efectiva, y “no a caprichos, rencillas o intereses políticos temporales”.
La persona que solicitó conocer si fue impugnada la resolución citada presentó un recurso de revisión ante el Inai, debido a que la FGR declaró la inexistencia de la información.
Sin embargo, al analizar el caso la ponencia del comisionado presidente, Alcalá Méndez, determinó que la FGR incumplió el procedimiento de búsqueda, previsto en la Ley Federal de Transparencia, pues no existe constancia de que haya consultado a todas las áreas administrativas competentes.
Además, se subrayó que cuenta con la Fiscalía Especializada en Materia de Combate a la Corrupción, responsable de conducir y supervisar la investigación y persecución de los delitos por hechos de corrupción, la cual no fue consultada y podría conocer la información requerida.
Bajo estas consideraciones, se concluyó que no es posible validar la inexistencia de la información.