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¿Pensiones del Bienestar para los paisanos en el extranjero?; esto es lo que propone diputada de Morena

La legisladora Olga Leticia Chávez Rojas indicó que la propuesta busca atender "reclamo a la igualdad"

En la actualidad las personas sin documentos en Estados Unidos no califican para las pensiones de retiro, lo que ocasiona que muchos de ellos, a pesar de su avanzada edad, tengan que seguir laborando. Foto: Especial
16/10/2024 |11:07
Antonio López Cruz
Reportero de la sección NaciónVer perfil

La diputada de Morena, , planteó una iniciativa para establecer que las también lleguen a los mexicanos que viven en el extranjero.





La propuesta de reforma al artículo cuatro de la Constitución puntualiza que este beneficio tiene cobertura únicamente en el territorio nacional, por lo que busca atender "el reclamo a la igualdad y a la universalidad de los derechos de nuestros adultos mayores".

Explica que la delimitación territorial descrita en las reglas de operación "vulnera los derechos humanos y libertades fundamentales de las y los adultos mayores mexicanos en el exterior", ya que, de conformidad con el estudio de la Red Nacional de Jornaleros, 97 por ciento de los mexicanos inmigrantes indocumentados de la tercera edad que viven en Estados Unidos y están en edad de la jubilación no cuentan con una pensión y tienen inseguridad financiera.

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"Lo anterior, pese a que la mayoría de ellos presentaron sus impuestos en el país del norte y enviaron durante mucho tiempo sus ".

Agrega que en la actualidad las personas sin documentos en Estados Unidos no califican para las , lo que ocasiona que muchos de ellos, a pesar de su avanzada edad, tengan que seguir laborando.

Por lo anterior, la iniciativa establece que las personas mayores de 68 años tienen derecho a recibir por parte del Estado una pensión no contributiva en los términos que fije la ley, y agrega que "las personas mexicanas que residen en el extranjero mayores de sesenta y ocho años tendrán derecho a recibir dicha pensión en los términos y condiciones que la ley señale", mientras que en el caso de las y los indígenas y las y los afromexicanos, "esta prestación se otorgará a partir de los sesenta y cinco años".

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uul/apr

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