La bancada de Morena en el Senado presentó una iniciativa que propone transparentar las decisiones y resoluciones del y con ello evitar caso de discrecionalidad en la actuación de los ministros y jueces.

La senadora Imelda Castro, autora de la iniciativa publicada en la Gaceta Parlamentaria expone que la reforma de ley servirá para que el Poder Judicial transparente y rinda cuentas de las resoluciones que resuelve, porque “atrás quedó el tiempo en el que Poder Judicial se libraba del escrutinio público”.

Argumentó que “la gente está cada día más interesada en saber no sólo el sentido de una resolución, sino de las razones mismas que se expusieron en la misma”.

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Las reformas a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, establecen:

La obligatoriedad de que todas las sesiones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sean públicas, eliminando el carácter privado en que se atienden temas administrativos.

Asimismo, establecer un término para liberar los engroses de las sentencias, así como reglas de contacto para las personas que integran la Suprema Corte, que incluyen la obligatoriedad de publicar las agendas de ministras y ministros, así como de las y los secretarios de Estudio y Cuenta y direcciones generales de la Corte.

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Esta regla también será aplicable en el Tribunal Electoral, los tribunales colegiados de Circuito y juzgados de Distrito.

La Corte no sólo debe publicar la sentencia, resolución, opiniones y decisiones, sino también debe hacerse pública partes del expediente, el desarrollo de las audiencias y todo documento que sea conveniente.

Se establece que la SCJN podrá realizar sesiones privadas únicamente en los casos en que así lo exijan la moral o el interés público y estén previstos en una norma aprobada por el pleno.

No se podrán celebrar reuniones previas, de carácter privado, entre ministras y ministros para tratar asuntos a desahogar en el pleno o las salas.

Las sentencias serán publicadas en un plazo no mayor de 60 días naturales a partir de su aprobación por el órgano jurisdiccional respectivo.

Fuera de las audiencias previstas en la ley, las ministras y ministros y secretarias de Estudio y Cuenta podrán tratar asuntos de su competencia, únicamente mediante entrevista.

En caso de ser parte de algún proceso o tener interés en algún asunto en proceso de resolución, se deberá contar con la presencia de la contraparte.

Para este efecto, deberá convocarse a todos los ministros y las ministras, pero la entrevista podrá celebrarse con la presencia de tan sola una de ellas.

De cada entrevista se llevará un registro que al menos deberá contener el lugar, la fecha, la hora de inicio y la hora de conclusión de la entrevista, los nombres completos de todas las personas que estuvieron presentes y los temas tratados.

Esta información deberá publicarse en el sitio de Internet de la Corte. Las entrevistas serán grabadas y almacenadas en medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, manteniéndose como información reservada.

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maot

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