Para la académica de la , Martha Rodríguez Ortiz la presentación de la tesis profesional de los alumnos siempre fue intrascendente.

“Considero que el peso de la tesis profesional no es el factor decisivo en obtención de un título profesional, sino que, en todo caso, el factor que realmente resulta determinante para evaluar es el desempeño del sustentante ante el sínodo el día de su examen profesional ”, dijo.

En su declaración de 14 cuartillas presentada por escrito al director de la Facultad de Estudios Superiores (FES) Aragón, Fernando Macedo Chagolla, Rodríguez Ortiz señaló que la tesis puede ser por entero fruto de un esmerado empeño de meses de trabajo de investigación, que nunca sabremos cómo se logró, o a ciencia cierta, quién los elaboró, por lo que el puro documento no acredita, por sí mismo, la solvencia para resolver problemas jurídicos que es lo que nos corresponde autorizar cuando actuamos responsablemente como sinodales”.

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Indicó que “sería sumamente pobre calificar a una persona como preparada para brindar asesoría legal, sólo por el mero hecho de que preparó una tesis profesional conforme a los cánones habituales para estos casos, pues por más original, inédita y bien redactada que sea, al referirse a un sólo tema, su estrechez no permite saber si el autor tiene otras cualidades en otras disciplinas jurídicas, además del conocimiento de ese documento”.

Resaltó que la tesis profesional “no es lo que se evalúa para ejercer el Derecho, lo que se verifica es si el aspirante a serlo, tiene o no las aptitudes necesarias para diseñar con destreza estrategias jurídicas para la resolución de problemas de esa naturaleza”.

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Aseguró también que para la , “la tesis profesional ha pasado a un segundo plano, pues no podemos desconocer que ahora los alumnos prefieren optar por otros métodos de titulación que equivalen al examen profesional”.

La docente reconoció también que una práctica habitual en ella era distribuir entre sus alumnos las tesis que había asesorado.

“Se trató de una práctica adoptada por mi parte, como profesora universitaria, que estuvo apegada al espíritu de colaboración y apoyo entre los miembros de nuestra comunidad, amparada en el Estatuto Orgánico de la Universidad y la legislación vigente en esa época”.

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