Este lunes se publica en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo por el que se emite el Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas de la Fiscalía General de la República ( FGR ) y las Reglas de Integridad para el Ejercicio de la Procuración de Justicia.

El documento establece las bases, principios y valores fundamentales que fortalezcan el servicio ético e íntegro de las personas servidoras públicas que realizan sus funciones en la y busca incidir en su comportamiento y desempeño para formar “una ética e identidad profesional compartida y un sentido de orgullo de pertenencia al servicio público”.

El Código de Ética estipula que las personas servidoras públicas de la Fiscalía deben observar irrestrictamente en su actuar cotidiano los siguientes principios:

Legalidad y honradez, es decir, conducirse con rectitud sin utilizar su empleo, cargo o comisión para obtener o pretender obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros, ni buscar o aceptar compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o regalos de cualquier persona física o moral, entendiendo que el ejercicio del servicio público implica un alto sentido de responsabilidad, austeridad y vocación de servicio.

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También deben conducirse con lealtad, imparcialidad, eficiencia, autonomía, objetividad, profesionalismo, respeto a los Derechos Humanos, perspectiva de género, interculturalidad, perspectiva de protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia, accesibilidad, debida diligencia, economía, disciplina, especialidad, competencia de mérito, rendición de cuentas, eficacia, transparencia, equidad, igualdad sustantiva y no discriminación e integridad.

Además, deberán observar en su actuar los siguientes valores:

Interés público, respeto, entorno cultural y ecológico, cooperación, liderazgo y equidad de género.

Las personas servidoras públicas de la FGR también deberán respetar las siguientes Reglas de Integridad:

Actuación Pública: Conducirán su actuación con transparencia, honestidad, lealtad, cooperación, austeridad, sin ostentación y con una clara orientación al interés público.

Información Pública: Conducirán su actuación conforme al principio de transparencia y resguardarán la documentación e información que tienen bajo su responsabilidad.

Contrataciones Públicas, Licencias, Permisos, Autorización y Concesiones: Se conducirán con transparencia, imparcialidad y legalidad cuando participen, por sí o a través de personal subordinado, en contrataciones públicas, orientando sus decisiones a las necesidades e intereses de la sociedad, y garantizando las mejores condiciones para el Estado.

Trámites y Servicios: Atenderán a usuarias y usuarios de forma respetuosa, eficiente, oportuna, responsable e imparcial, cuando participen en la prestación de un trámite o en el otorgamiento de un servicio.

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Recursos Humanos: Se apegarán, cuando participen en los procedimientos en materia de recursos humanos y de planeación de estructuras, a los principios de igualdad y no discriminación, legalidad, imparcialidad, transparencia y rendición de cuentas.

Administración de Bienes Muebles e Inmuebles: Administrarán los recursos con eficiencia, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que están destinados.

Procesos de Evaluación: Se apegarán en todo momento, cuando participen en procesos de evaluación, a los principios de legalidad, imparcialidad y rendición de cuentas.

Control Interno: Generarán, obtendrán, utilizarán y comunicarán, durante su participación en procesos en materia de control interno, información suficiente, oportuna, confiable y de calidad, apegándose a los principios de legalidad, imparcialidad y rendición de cuentas.

Procedimiento Administrativo: Fomentarán, durante su participación en procedimientos administrativos, una cultura de denuncia, respetarán las formalidades esenciales del procedimiento y la garantía de audiencia conforme al principio de legalidad.

Desempeño Permanente con Integridad: Conducirán su actuación con legalidad, imparcialidad, objetividad, transparencia, certeza, cooperación, ética y de manera profesional.

Cooperación con la Integridad: Cooperarán con la Fiscalía, en el fortalecimiento de la cultura ética y de servicio a la sociedad.

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Comportamiento Digno: Se conducirán en forma digna, sin proferir expresiones, adoptar comportamientos, usar lenguaje o realizar acciones de hostigamiento sexual o acoso en cualquiera de sus modalidades, manteniendo para ello una actitud de respeto hacia las personas con las que tiene o guarda relación en la función pública.

Programas Gubernamentales: Cuando participen, por sí mismas o a través de sus colaboradores en la operación de programas gubernamentales, garantizarán que éstos se apeguen a los principios de igualdad y no discriminación, legalidad, imparcialidad, transparencia y respeto.

El acuerdo con el nuevo Código de Ética entrará en vigor este martes 24 de mayo.

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