La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reiteró que es inconstitucional que los estados de la República legislen para proteger la vida humana desde la concepción, a fin de limitar los derechos de las personas gestantes, como fue planteado en la Constitución de Nuevo León.

Por mayoría de votos el pleno de la Corte indicó que reformas como la de la Constitución de Nuevo León atentan contra los derechos reproductivos de las mujeres.

Dos de los ministros indicaron que los congresos estatales ni siquiera tienen competencia para legislar sobre el tema y limitar derechos humanos: “Es y seguirá siendo deber constitucional de este tribunal otorgar la protección más amplia y progresiva a los derechos humanos de todas las mujeres y personas gestante, a fin de eliminar barreras estructurales y legales que han impedido el goce absoluto, pleno y libre de los derechos fundamentales, sexuales y reproductivos”, dijo la ministra Loretta Ortiz Ahlf.

Por primera vez el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo se pronunció sobre el tema y votó contra la invalidez de la reforma a la Constitución de Nuevo León en lo relacionado con la protección de la vida desde la concepción.

“Por supuesto que estoy a favor de respetar y proteger los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y las personas gestantes, su derecho a elegir, desde luego que soy partidario de eso también, aunque no tuve la posibilidad de intervenir en la discusión de la acción de inconstitucionalidad donde se analizó el tipo penal de aborto. Me parece que la sanción penal de la interrupción del embarazo es excesiva y es desproporcional”, aclaró.

El ministro Alberto Pérez Dayán fue uno de los dos integrantes del pleno que consideró que los legisladores locales no tienen competencia para emitir leyes en materia de derechos humanos que ya son protegidos en la Constitución y votó por declarar inválida la cláusula de protección a la vida desde la concepción incluida en la ley de Nuevo León.

La Constitución de Nuevo León fue reformada en marzo de 2019.

Según el proyecto elaborado por la ministra Yasmín Esquivel, quien consideró que los estados no tienen competencia para legislar en la materia, podía implicar una prohibición y criminalización indirecta del aborto libre y seguro en la entidad, derecho que ya fue reconocido por la Corte.

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