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El próximo miércoles será 1 de Mayo, Día del Trabajo, el cual está marcado en la Ley Federal del Trabajo como de descanso obligatorio.
Si no es así, aquí te decimos cuánto te tienen que pagar por laborar ese día.
En el Artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo marca como días de descanso obligatorios los siguientes:
1 de enero
El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
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El 1 de mayo
El 16 de septiembre
El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
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El 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transición del Poder Ejecutivo Federal
El 25 de diciembre
Además, el Artículo 73 dice que:
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“Los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso. Si se quebranta esta disposición, el patrón pagará al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado”.
Por lo que, si trabajas el próximo 1 de mayo , se te deberá pagar doble por ley.
Por su parte, las instituciones bancarias suspenderán sus operaciones al público el próximo miércoles 1 de mayo de 2019.
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La Asociación de Bancos de México (ABM) informó que los bancos que ofrecen sus servicios dentro de almacenes comerciales y supermercados abrirán al público este día, en los horarios tradicionales, no obstante que es un día festivo.
Con información de Notimex
lsm
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