Señor director: Sobre la nota: “Corte oculta costo de sus autos; alega motivos de seguridad”, hacemos las siguientes precisiones:
Primero. La publicación se basa en una premisa inexacta, ya que desde la respuesta inicial a la solicitud se informó expresamente que los datos serían ampliados mediante un alcance. No obstante, la nota fue difundida antes de que este se remitiera, pese a que la persona solicitante tenía conocimiento de que la información se encontraba en proceso de integración.
El alcance ya fue entregado, por lo que la solicitud fue atendida de manera progresiva y completa. No puede sostenerse la existencia de ocultamiento, dado que se comunicó oportunamente que los datos serían complementados.

Segundo. La información no ha sido “ocultada”, como se afirma en la nota. La SCJN remitió un documento que contiene la relación del parque vehicular, integrado por 151 vehículos asignados a sus áreas y órganos para el cumplimiento de sus funciones.
Dicha relación incluye tipo de vehículo, marca, modelo, año y valor de adquisición. No obstante, en el caso de 91 unidades no se incorpora el año ni el valor, en virtud de que forman parte de un contrato de arrendamiento y, por tanto, son propiedad de un tercero.
Además, se informó la descripción de vehículos conforme a su uso: 1) 132 utilitarios (incluye compactos, de pasajeros, carga y motocicletas); 2) 11 para traslado de mandos superiores; 3) Cuatro para el apoyo a ministros (sin características especiales de seguridad) y 4) Cuatro para la estrategia de seguridad institucional.
La SCJN especificó que los vehículos utilitarios están destinados al traslado de personal, bienes y documentación entre los distintos inmuebles del Alto Tribunal, así como al cumplimiento de diligencias vinculadas con las atribuciones de las áreas a las que están asignados. La información relativa a estos vehículos es pública y está disponible en el anexo entregado.
Es preciso subrayar que en la información proporcionada se protege únicamente el dato consistente en el modelo respecto de algunos vehículos (19), información que fue reservada previo a la solicitud que nos ocupa, de acuerdo con precedentes emitidos en años anteriores por esta Corte.
Tercero. Es importante señalar que, a partir de la entrada en vigor de la reforma al Poder Judicial, la Corte ejerce primordialmente funciones jurisdiccionales. (Carta resumida)
Atentamente.
Amanda Pérez Bolaños Directora general de Comunicación Social
Respuesta de la Reportera:
La respuesta que recibió EL UNIVERSAL el 5 de marzo ya contaba con dos ampliaciones de término. Entre el 5 y el 20 de marzo transcurrieron nueve días hábiles y nada garantizaba su entrega.
Alejandra Canchola
sin interrupciones.
sin límites.