La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó a Petróleos Mexicanos (Pemex) pagar pensión a la viuda de un empleado de la paraestatal, que se le había negado este derecho porque su esposo no llenó los formularios requeridos para designar a sus beneficiarios.
Por unanimidad de votos, el pleno revocó el amparo que un Tribunal Colegiado concedió a Pemex para no otorgar la pensión a la mujer, lo que abre la posibilidad de que familiares de empleados de Petróleos Mexicanos puedan acceder a este beneficio, aunque los trabajadores sindicalizados no hayan establecido beneficiarios.
En sesión de este jueves, el Alto Tribunal aprobó la propuesta del ministro Arístides Guerrero García, quien afirmó que “lo que importa es el lazo familiar y no un registro de tipo burocrático”.
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“¿Es justo que una viuda pierda su pensión sólo porque su marido no hizo el llenado de un formato de declaración de beneficiarios?”, cuestionó el ministro.
Una mujer cuyo esposo trabajó en Pemex de 1999 hasta su muerte en 2020, solicitó a la paraestatal la pensión por el fallecimiento de su cónyuge; sin embargo, la empresa del Estado rechazó su petición debido a que el empleado no llenó los formularios para establecer los beneficiarios.
Inconforme con la decisión, la mujer interpuso un juicio laboral en Ciudad Victoria, Tamaulipas, en el que se condenó a Pemex a pagar la pensión. No obstante, Pemex interpuso un amparo contra el laudo, mismo que fue revocado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
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