Con el voto decisivo de la ministra Loretta Ortiz, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional la figura de los superdelegados instaurada por la presente administración.

Durante los primeros minutos de la sesión del pleno de la Corte, Ortiz Ahlf desempató la votación sobre la constitucionalidad de las reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF), en las que se creó la figura de los superdelegados, que fungirán como enlace entre las secretarías de Estado y los gobiernos estatales para supervisar la implementación de los servicios y programas federales en las entidades.

Estas reformas fueron impugnadas por senadores de la oposición y la semana pasada, en sesión del pleno, en la que no estuvo presente la ministra Ortiz Ahlf, cinco integrantes votaron por eliminar esta figura, mientras que otros cinco lo hicieron por declararla constitucional.

Ante el empate, el ministro presidente, Arturo Zaldívar, pidió a sus compañeros esperar al regreso de la ministra para definir y concluir el asunto.

Loretta Ortiz sostuvo que, a su criterio, la figura de los superdelegados no es contraria a la Constitución, porque no violenta el federalismo.

“De las atribuciones ahí previstas razonablemente pertenecen al ámbito federal, pues sus funciones se sujetan a los principios de control, mando y vigilancia de tipo jerárquico característico del Poder Ejecutivo federal”, refirió la ministra.

“Asimismo, el objeto de los programas de desarrollo que deben vigilar e implementar se circunscribe a dicho ámbito. De ahí que, a mi consideración, el artículo 17 Ter impugnado no transgrede el principio constitucional de federalismo.

“Aún más, dicho artículo aduce que los lineamientos que emita la Secretaría de Bienestar y la Coordinación General de Programas del Desarrollo son el eje que acota los planes, programas y acciones referidos en el mismo y, en consecuencia, las atribuciones encomendadas a dichas delegaciones”, expuso.

Por lo anterior, votó en contra del proyecto elaborado por el ministro Luis María Aguilar Morales, en el que propuso eliminar esta figura de la ley.

Una vez concluido el análisis de las acciones de inconstitucionalidad, los ministros iniciaron el análisis de la controversia constitucional presentada por el gobierno de Michoacán, que alegó que esta figura invade sus competencias exclusivas como entidad federativa.

El ministro Aguilar Morales presentó un proyecto que tenía preparado en el caso de que la ministra Ortiz Ahlf votara por la constitucionalidad de la figura de los superdelegados, en el que propuso declarar infundada la controversia presentada por el gobierno michoacano.

“Es inexacto que las atribuciones de esas delegaciones excedan a las de la Secretaría del Bienestar, dado que éstas guardan las características de un órgano desconcentrado de la secretaría en mención, como son el nexo de jerarquía por estar adscritas expresamente a dicha dependencia; así como el poder de nombramiento en virtud de que, aunque a propuesta de la coordinación general, los titulares de las delegaciones finalmente son nombrados por el titular de la referida secretaría”, señala.

El proyecto fue avalado con siete votos de los integrantes del pleno; el ponente Luis María Aguilar Morales votó en contra para tener congruencia con su proyecto original de las acciones de inconstitucionalidad.

La ministra Ortiz Ahlf reiteró su criterio para formar parte del bloque que votó por desestimar la impugnación de Michoacán.

“Sostengo que la creación de las delegaciones de programas para el desarrollo, a partir del artículo 17 Ter impugnado, no invade el sistema federal de competencias y atribuciones de las entidades federativas. Sostengo que las delegaciones en cuestión, se acotan, exclusivamente, a la ejecución de programas federales, lo que en modo alguno trastoca las facultades de la entidad federativa actora. En ese sentido, reitero mi voto por la validez de la norma impugnada”, afirmó.

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