Senadores de Estados Unidos pidieron al secretario de Estado, Antony Blinken, que se suspenda la exportación de armas a la Secretaría de Marina (Semar) y a policías mexicanas por malos manejos que derivan en abuso a los derechos humanos y la falta de transparencia en los usuarios finales.

Esta petición se da luego de que la Secretaría de Marina pidió la compra de rifles de asalto a Sig Sauer Inc, empresa de origen alemán pero con una subsidiaria en Estados Unidos, por 5.5 millones de dólares.

Esta compra, por ser mayor al millón de dólares, debe ser aprobada por el Congreso, que recibió la solicitud el pasado 29 de julio. El Congreso tiene 30 días para responder, pero hasta el momento se desconoce si se otorgó la licencia.

La carta, firmada el 14 de septiembre por cuatro senadores (Patrick Leahy, de Vermont; Cory Booker, de Nueva Jersey; Jeff Merkley, de Oregon, y Dick Durbin, de Illinois), todos del Partido Demócrata, expresa la preocupación de que las armas que salen de Estados Unidos no tienen mecanismos claros de seguridad para evitar que sean usadas en crímenes.

“Dada la extensa documentación acerca de la infiltración generalizada de las fuerzas policiales mexicanas por parte de organizaciones criminales y la participación policial y militar en atrocidades, esperamos que las secretarías de Estado y de Comercio establezcan mecanismos para garantizar que las armas de fuego estadounidenses no contribuyan a estos delitos”, se lee en el mensaje.

Consultada al respecto, la Semar explicó que la decisión compete únicamente al Congreso de EU, que está en plena libertad de creer cuál es el uso que se le daría a esas armas. “La Marina no adquiere armamento con esa finalidad y por reglamentos internos y ética propia, siempre será respetuosa en la observación de los derechos humanos”, remarcó.

Estados Unidos tiene un programa para revisar usos finales de armas exportadas, pero no revisa los reportes de violaciones de derechos humanos. “Igualmente, la Sedena [Secretaría de la Defensa Nacional] nunca ha rechazado la venta de armas a una corporación policial basado en su corrupción ni violaciones a derechos humanos. Los certificados de usuario final sometidos para armas exportadas jamás identifican a las corporaciones policiales, verdaderos usuarios de estos miles de armas. Por eso suspender la exportación de armas hasta que se detenga su uso por violadores es fundamental”, explicó a EL UNIVERSAL John Lindsay Poland, coordinador de Stop US Arms to Mexico.

Entre 2006 y 2018 la Sedena compró a empresas estadounidenses por lo menos 64 mil 320 armas para policías*, de acuerdo con una investigación del proyecto Stop US Arms to Mexico. Los casos que citan evidencia del uso de armamento de EU en casos que terminaron en abusos a los derechos humanos son Ayotzinapa en 2014 por la policía municipal, en el estado de Tamaulipas por el Grupo de Operaciones Especiales (GOPES) en los últimos tres años, así como las detenciones a elementos de la Marina por su participación en desapariciones forzadas en Nuevo Laredo, Tamaulipas en 2018.

En agosto de este año el gobierno mexicano denunció a fabricantes y proveedores de armas en EU alegando que inundan el mercado con armamento atractivo para los cárteles. Sig Sauer no está dentro de las empresas denunciadas, pero sí ha dado servicio en distintas ocasiones a las Fuerzas Armadas de nuestro país. Según el United States Census Bureau, entre 2013 y 2019 Sig Sauer vendió 13 mil armas a México que son usadas por las policías. En 2020, la Guardia Nacional compró además 50 mil pistolas a la firma alemana.

* En una primera versión de este artículo se publicó incorrectamente que eran 311 mil armas

Carta íntegra de los senadores estadounidenses


14 de Septiembre, 2021

Honorable Antony Blinken
Secretario de Estado
Departamento de Estado
Washington DC 20520

Estimado Secretario Blinken

Gracias por la respuesta de su Departamento fechada el 22 de abril, 2021 a nuestra carta del 21 de marzo, 2021, sobre exportaciones de armas de Estados Unidos, particularmente sobre armas exportadas a México para ser usadas por las fuerzas policiacas.

Seguimos preocupados al conocer de sus respuestas de que la Embajada de Estados Unidos no ha sido consultada sobre las fuerzas de la policía mexicana como usuarios finales de armas exportadas desde Estados Unidos, ya sea antes o después de que la supervisión de exportación de armas de Estados Unidos se transfirió al Departamento de Comercio. También nos preocupa la propuesta de licencia para exportar $5.5 millones en rifles automáticos Sig Sauer a la Marina de México, cuyas unidades están implicadas en casos de desapariciones forzadas y tortura, sin controles adecuados de usuario final.

Dada la extensa documentación sobre la amplia infiltración de organizaciones criminales en la policía mexicana, así como de la participación de policías y militares en atrocidades, esperábamos que los Departamentos de Estado y Comercio establecieran mecanismos para asegurar que las armas de Estados Unidos no contribuyan a estos crímenes.

También estamos preocupados por las evidencias de que se continuaron las transferencias de armas de los Estados Unidos a fuerzas policiacas de Guerrero y Tamaulipas después de que dichas fuerzas estuvieron creíblemente implicadas en desapariciones forzadas y masacres. Su respuesta nos clarificó cómo las licencias para exportación de armas deben identificar a los usuarios finales, pero no declara si este fue el caso para las armas de fuego transferidas en 2015 a la policía estatal de Guerrero y en 2019 a la policía estatal de Tamaulipas.

Entendemos que el Buró de Asuntos Políticos-Militares fue informado en 2017 que fuerzas policiacas poseían armas de fuego originadas en Estados Unidos en el momento de la desaparición de 43 estudiantes de Ayotzinapa, Guerrero. Estamos preocupados, como consecuencia que el Departamento de Estado falló en notificar al Congreso sobre una posible violación de usuario final. Si el uso, por parte de la policía de Guerrero, de armas de fuego exportadas desde los Estados Unidos constituyó una violación de usuario final, todas las transferencias posteriores a México tendrían que haber requerido un perdón presidencial, de acuerdo con la Sección 3 de la Ley de Control de Exportaciones de Armas (22 U.S.C. Sec. 2753)

Usted nos informó que la “Lista Negra” de usuarios finales sancionados o sospechosos que mantiene la DDTC [Dirección de Control de Comercio Militar] había sido compartida con el Departamento de Comercio como una herramienta de revisión interna. Sin embargo, entendemos que esta herramienta enlista entidades privadas, no unidades de fuerzas de seguridad del gobierno, y que la lista relevante de unidades de las fuerzas de seguridad y miembros individuales de dichas unidades que han cometido abusos de derechos humanos es la llamada Base de Datos de Rastreo de Seguridad y Certificación Internacional, que se usa para los propósitos de la certificación Leahy.

La falta de usuarios finales autorizados o prohibidos en las licencias para la exportación de armas de fuego a los militares mexicanos es de preocupación particular en relación a la propuesta actual de exportar rifles automáticos a la Marina Mexicana.1 En un estudio de 2019, más del 65% de los detenidos en un periodo de diez años dijeron haber sufrido prácticas de tortura al estar bajo custodia de la Marina, incluyendo asfixia, choques eléctricos, quemaduras y violación.2 La Comisión Nacional de Derechos Humanos de México publicó una investigación el año pasado sobre la responsabilidad de la Marina en 27 desapariciones forzadas en 2018.3

Entendemos también, a partir de su respuesta que, después de la aprobación de una licencia para exportación de armas de Estados Unidos que permanece en la Lista de Municiones del Estados Unidos (tales como armas semiautomáticas), el Departamento de Estado no recibe notificación alguna de envíos de tales armas. Si una licencia otorgada años antes de que una unidad de policía usuaria final fuera implicada en violaciones de derechos humanos, esta requeriría de acción afirmativa del Departamento de Estado para intervenir y prevenir envíos de tales armas a dichas unidades.

En el marco de estas preocupaciones sobre las exportaciones de armas a México, el Departamento de Comercio publicó un cambio de norma en diciembre 2020, sin comentarios del público, que facilita la exportación de armas de fuego a México. Este cambio de norma otorga a México una Autorización de Excepción de Licencia por Comercio Estratégico (STA) que eleva el estatus de México como socio comercial en bienes sensibles y pudiera exceptuar a México de identificar a consignatarios para los envíos de armas de fuego bajo licencia otorgada.

Entendemos por su respuesta que el programa Linterna Azul continua su función posterior solamente para el pos-envío de artículos bajo la Categoría 1 de la Lista de Municiones de Estados Unidos, la cual excluye armas de fuego semiautomáticas y manuales. Como resultado, las revisiones del programa Linterna Azul parecen haber terminado para rifles de asalto que no son totalmente automáticas y otras armas de fuego semi-automáticas y manuales.

Le urgimos a que inmediatamente comience la revisión de todas las licencias existentes para exportación de armas de fuego a México para uso de la policía mexicana y la Marina Mexicana, otorgadas por la Dirección de Control de Comercio Militar (DDTC) anteriores y desde marzo de 2020 y suspender licencias que 1) identifican como usuarios finales a fuerzas navales o de policía que han estado creíblemente implicados en la base de datos INVEST como responsables de abusos serios de derechos humanos o como coludidos con organizaciones criminales, o 2) que no identifiquen claramente a usuarios finales. Esta acción debe incluir, pero no limitarse a, la licencia para exportar más de $1 millón de dólares en rifles automáticos notificada al Congreso a finales de diciembre de 2020 y los rifles semi-automáticos para uso de la Marina Mexicana notificada al Congreso en julio de 2021.

Estamos también preocupados por el hecho de que las armas de fuego bajo la jurisdicción del Departamento de Comercio no sean reguladas como equipo de control de crimen, ni siquiera si son exportadas a unidades de policía. La falta de regulación está en conflicto con los intentos del Congreso, en la Sección 502B de la Ley de Asistencia al Exterior, de someter a estas armas altamente mortales a los controles más altos de la Ley de Asistencia al Exterior. Esto es especialmente problemático a la luz del hecho que, debido a su transferencia fuera de la Lista de Municiones de Estados Unidos, estos artículos dejaron de ser sujetos de los requerimientos de estatuto para reportes al Congreso en el caso de una violación de usuario final. Por ello, solicitamos que ordene al Subsecretario de Estado para Democracia, Derechos Humanos y Trabajo a reportar a los comités relevantes en la materia si el Departamento de Comercio ha exportado armas de fuego a policías extranjeras que podrían haber sido inelegibles para tales exportaciones si hubieran sido categorizadas apropiadamente como equipo de control de crimen.

Además, apreciaríamos sus respuestas a las siguientes preguntas:

1.- ¿El Departamento de Estado ha llevado a cabo alguna comunicación previo o posterior a la licencia, ya sea con los exportadores de armas o con SEDENA o con la Marina Mexicana, informándoles o recordándoles sobre las restricciones para re-transferir armas de fuego a unidades de policía o militares? En su caso, ¿Cuándo sucedieron estas comunicaciones y que limitaciones establecieron?

2.- ¿Cuándo tuvo conocimiento el personal de la Embajada de Estados Unidos u otros oficiales del Gobierno de Estados Unidos que armas de Estados Unidos fueron vendidos para uso de las fuerzas de policía de Guerrero y Tamaulipas? ¿Qué acciones se tomaron, si se tomaron, para prevenir que otras exportaciones de armas de Estados Unidos terminen en las manos de estas fuerzas de la policía? ¿Si no se tomaron acciones, por qué no? Hicimos estas preguntas en nuestra carta de marzo, y las hacemos de nuevo aquí.

3.- Por favor indíquenos su determinación final sobre si fueron cometidas violaciones de usuario final por parte de los policías de estas dos entidades.

4.- Su respuesta afirma que el equipo de la Embajada de Estados Unidos no fue consultado en relación a las fuerzas de policía mexicana como usuarios finales de armas de fuego de Estados Unidos. ¿Fueron consultados otros oficiales del Departamento de Estado, aparte del personal de la Embajada de Estados Unidos, antes o desde marzo de 2020, sobre las fuerzas de policía de México como usuarios finales de armas de fuego de Estados Unidos? En caso afirmativo, ¿Qué entidades, oficinas u otras instancias del Departamento de Estados fueron consultadas, y durante qué periodo de tiempo?

5.- ¿Cuándo comenzó el Departamento de Estado la implementación de la política de requerir identificación de fuerzas estatales y municipales de policía en México, si es el caso, como posibles usuarios finales de exportaciones de armas de fuego de la Lista de Municiones del Estados Unidos?

6.- ¿Qué tipo específico de datos mantiene la DDTC sobre armas de fuego transferidas a fuerzas de la policía mexicana y militares, incluyendo unidades usuarias finales, número de artículos, así como manufactura y números de serie de las armas de fuego?

7.- ¿La base de datos INVEST está incorporada a la Lista Negra consultada por los Departamentos de Estado y Comercio cuando se revisan aplicaciones para exportación de armas de fuego? Si los datos de INVEST sobre posibles violaciones por parte de fuerzas de seguridad no han sido incorporadas a la lista negra, ¿por qué no?

8.- Si el Departamento de Estado se enteraría que artículos de defensa exportados desde Estados Unidos fueron transferidos dentro del país a unidades no nombradas como usuarios finales en la licencia de exportación correspondiente, ¿Qué pasos tomaría el Departamento?

Quedamos atentos a sus respuestas,

Sinceramente,

PATRICK LEAHY
Senador de los Estados Unidos
CORY A. BROOKER
Senador de los Estados Unidos
JEFFREY A. MERKLEY
Senador de los Estados Unidos
RICHARD J. DURBIN
Senador de los Estados Unidos


*1 DDTC-20-072, notificación al Congreso, 29 de julio de 2021.
2 Carlos Silva Forné y Sergio Padilla Oñate, “Tortura en la Guerra contra el narcotráfico en México, entre la militarización, el control politico y el nuevo sistema de justiciar penal,” Latin America Law Review, no. 04 (2020): 107-128, doi: https://doi.org/10.29263/lar04.2020.05
3 Comisión Nacional de Derechos Humanos, Recomendación No. 36VG-2020, https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2020-07/RecVG_036.pdf

Google News

TEMAS RELACIONADOS

Más Información

Noticias según tus intereses