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Los padres de Marco Antonio niegan que el que aparece en los videos recopilados por la Procuraduría General de Justicia (PGJ) local sea su hijo.

La organización civil que da acompañamiento a la familia acusa que la dependencia incumplió una orden de un juez de no divulgar grabaciones o imágenes del menor.

El pasado sábado 3 de febrero las autoridades mostraron a los padres de Marco Antonio un video donde aparentemente aparece su hijo después de la detención en la delegación Azcapotzalco, específicamente con una sudadera oscura y capucha sobre su cabeza. En ese momento Edith Flores, madre del menor, dijo: “Señor, no soy ninguna pendeja. No acepto que ese sea mi hijo”, cuenta el padre del estudiante.

En tanto, el abogado de las víctimas, Simón Hernández, explicó a EL UNIVERSAL que a la familia no se les mostraron todos los materiales que tenía en su poder la PGJ, “sólo se mostró el primero de una supuesta reconstrucción alrededor de El Rosario. Los padres dijeron inmediatamente que no lo reconocían como Marco Antonio y solicitaron a la procuraduría que dejara de hacer públicos estos videos”.

A la par de la petición de la familia, Hernández y el equipo legal que acompaña a los padres ya habían interpuesto una demanda: “Solicitamos al juzgado que en consecuencia de la protección a menores de edad se ordenara a la fiscalía que dejara de filtrar información sensible y que ya no expusiera públicamente las imágenes de Marco”.

Sin embargo, este lunes en conferencia de prensa el procurador Edmundo Garrido dio a conocer una serie de videos que reconstruyen la ruta que supuestamente siguió el joven antes, durante y después de su detención por cuatro policías en las inmediaciones de el Metrobús El Rosario el pasado 23 de enero a las 16:00 horas.

Con esta acción la PGJ violó la suspensión provisional al amparo 66/2018, “el procurador vuelve a mostrar imágenes de Marco Antonio y esto representa una violación a la orden que había dado el Juez Federal (...) Esta exposición en medios es lo que resulta violatorio. Estamos presentando una denuncia por el incumplimiento de esa suspensión”, dice el abogado Simón Hernández.

Según el artículo 162 de la Ley de Amparo, “se dará pena de tres a nueve años de prisión, multa de 50 a 500 días, destitución e inhabilitación de nueve años al servidor público que con el carácter de autoridad responsable no obedezca un auto de suspensión debidamente notificado, independientemente de cualquier otro delito al que incurra”, cita el abogado Hernández.

La Red de Derechos de la Infancia en México instó a la Comisión de Derechos Humanos de la capital que se deslinde “de los señalamientos realizados por el procurador, que aseguró atender indicaciones de esta entidad para impedir el acceso a la carpeta de investigación y expediente médico, por reservar datos personales, violando los derechos de la víctima y su familia”.

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