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A Dafne Mcpherson Veloz la condenaron a 16 años de prisión en Querétaro por el homicidio de su hija recién nacida en el baño de una tienda comercial donde trabajaba.
Del caso existen dos versiones. La primera, detallada en la carpeta de investigación de la entonces Procuraduría General de Justicia de Querétaro, consultada por EL UNIVERSAL, en la que las autoridades concluyen que ella ahogó a su bebé en el inodoro del baño, tras dar a luz en ese lugar por su propia voluntad y jalando en repetidas ocasiones la cadena.
La segunda versión, con la que la defensa de Dafne busca un nuevo juicio, está asentada en el amparo que fue promovido ante el Tribunal Superior de Justicia del Estado, en la que se indica que hasta el momento del incidente Dafne no sabía que estaba embarazada y no entendía lo que en realidad le estaba sucediendo. Según esta tesis, se trató de un parto fortuito, involuntario, que al ocurrir, le hizo entrar en estado de shock.
En entrevista, la abogada de Dafne, Karla Michel Salas, dice que en el caso hubo muchos vacíos legales, “su defensa [tuvo tres abogados anteriores, uno de oficio y dos contratados por la familia] nunca se preocupó por hacer una investigación, nunca documentó cómo se había dado la circunstancia del parto, nunca revisó la parte médica, nunca revisó la parte sicológica”. Por ello, argumenta Salas, el Ministerio Público “no tuvo ninguna contraparte que hubiera sido efectiva, entonces lo que tenemos es una investigación cargada de prejuicios”.
Los hechos. La tarde del 17 de febrero de 2015, Dafne se dirigió al baño de la tienda Liverpool donde trabajaba, ubicada en la Carretera Panamericana número 202, colonia Centro, en el municipio de San Juan del Río, Querétaro. Ahí, luego de presentar un fuerte cólico sintió que algo se le desprendió del cuerpo y al voltear a mirar el inodoro se dio cuenta que era un bebé.
En entrevista para EL UNIVERSAL, Dafne detalla que ella entró en un estado de shock y que perdió el conocimiento en dos ocasiones cuando estuvo en el baño, incluso, en presencia de la enfermera que acudió a auxiliarla. “Me estaba desangrando, tenía una abertura hasta casi el ano. Imagínate el asombro, toda la sangre que estaba perdiendo, entré en un estado de shock”, recuerda.
Al lugar acudieron la enfermera de la tienda y, después, paramédicos de un servicio privado contratado por la empresa. Tras casi dos horas de haber tenido un parto fortuito en el baño, Dafne fue trasladada a un hospital, donde al llegar la esperaban policías para detenerla.
Su bebé de 38 semanas de gestación, de acuerdo con la necropsia realizada por el doctor Isaac Filisola Bover, a petición de la Procuraduría General de Justicia de Querétaro, murió por una “anoxia cerebral severa por asfixia por sumersión”.
Esto quiere decir, según la necropsia, que la bebé fue abandonada dentro del excusado, sin atención médica, hasta que se ahogó. El documento detalla que la muerte ocurrió posterior “a su expulsión”; sin embargo, un segundo peritaje realizado a partir de la primera necropsia, a cargo del perito particular José David Daniel Trejo Sinecio, concluye que “no hay forma de demostrar que nació vivo”.
Aunque, Trejo Sinecio también destaca en sus conclusiones: “desgraciadamente yo no puedo asegurar al cien por ciento de que estaba muerta cuando nació, porque me faltan muchos datos y lo poco que encontré no me satisface para asegurar esto”.
Las autoridades determinaron que la bebé nació con vida, además de la necropsia, por el testimonio de Estephanie, quien presuntamente se encontraba en el baño de al lado al momento de los hechos y quien fue testigo durante el juicio.
Ella afirmó que escuchó el llanto de la menor y llamó a otras personas para que acudieran al lugar.
Luego, según la carpeta de investigación, acudió Lucía, elemento de seguridad de la sucursal, vio sangre en el lugar y le ofreció ayuda a Dafne, quien presuntamente contestó que era “una toalla atorada en la taza del baño” y bajó la palanca del desagüe en cuatro ocasiones.
Después llegó la enfermera de la sucursal, identificada como Martha, quien al reconocer a Dafne en el baño comenzó a tener comunicación con ella y le dio papel mojado para que se limpiara.
Luego de la insistencia de la enfermera, continúa el documento, Dafne abrió la puerta y pidió ayuda para que nadie se enterara de lo que estaba ocurriendo.
“Que nadie se entere, que su mamá no se entere, que no lo sabía, que ya 'estaba completito y se movía' (lo cual se puede interpretar que no solo sintió al bebé, sino que sabía ahora ya no se movía, pues estaba sentada sobre el cuerpo de su víctima)”, detalla.
Según la investigación, fue hasta que los paramédicos arribaron al lugar que pudieron mover a la mujer del inodoro.
Sin embargo, en el amparo promovido por la defensa de Dafne, al que tuvo acceso EL UNIVERSAL, se detalla que el tribunal dejó de considerar el estado físico en el que ella se encontraba en ese momento.
El texto precisa: “dejándose por el Juzgador completamente a un lado que en mi parto se generó algo que se denomina como fortuito, que no se trata de un alumbramiento con simples condiciones insalubres o inapropiadas sino de un comportamiento físico no controlado, no voluntario, que se produjo de manera intempestiva, sin que yo lo hubiera querido, pues de haber querido matar a mi bebé, el lugar que menos hubiera elegido sería justamente el interior de un sanitario público”.
En entrevista, Dafne narra que sólo con el tiempo y con ayuda del psiquiatra comenzó a recordar más detalles de ese día y afirma, por ejemplo, que “el que digan que le bajé yo al baño” no es cierto.
“De hecho cuando la primera paramédico se paró, me hizo a un lado del baño y caminó hacia atrás, hacia donde estaba la palanca. Y ella dijo: '¡puta madre, esta cosa se bajó sola!' Porque al momento de dar el paso, pisó la palanca. Ella le bajó al baño, a mí me tenían agarrada de las manos. (Ellos) lo dicen completamente diferente. Ellos dicen que escucharon cuatro veces que le bajé al baño”, detalla.
Relata que en el lugar se encontraban entre seis y siete personas, y se cuestiona: “¿a poco no pudieron conmigo?”
El amparo destaca también que “en ninguna parte de la sentencia se están tomando en cuenta las afirmaciones de los diferentes testigos que ponen en duda la verdad propuesta por el Agente del Ministerio Público”.
En ese otro escenario, dice el texto, “hubo crisis, angustia, llanto, desesperanza, vergüenza por lo que estaba pasando, resistencia no a ser ayudada sino exhibida por lo que cómo mujer (le) estaba pasando, a ser expuesta ante (sus) compañeros y compañeras de trabajo”.
La defensa de Dafne acusa que el juzgado también desestimó las pruebas que acreditaban que la mujer fue diagnosticada con hipotiroidismo y que nunca fue alertada de un embarazo, las cuales se detallan a continuación:
-Una nota médica del 19 de agosto de 2013, expedida por el IMSS, que señala que Dafne acudió a consulta por presentar diarrea acompañada de dolor abdominal tipo cólico y tres vómitos en la mañana.
-Y otra nota del 25 de marzo de 2014 donde consta que Dafne presentó un cuadro de hipotiroidismo, con incremento de peso, y que había hecho referencia a la pérdida de conocimiento y vértigo.
Para Dafne, las pruebas de la enfermedad que le habían diagnosticado nunca fueron tomadas en cuenta ni tampoco el diagnóstico que le realizaron durante los seis meses que estuvo en libertad tras sufrir el parto fortuito, donde le diagnosticaron diversos trastornos que pudieron detonar que a la hora del suceso se encontrara en estado de shock.
“Yo lo mencioné (en la audiencia) pero nunca lo tomaron en cuenta. Me diagnosticaron con depresión mayor, estrés postraumático y un trastorno de ansiedad generalizada que ese momento (del parto) me lo detonó y que me hizo entrar en un estado de shock. O sea yo no pude reaccionar por mí”, señala a EL UNIVERSAL.
El pasado 20 de octubre, el Vigésimo Tribunal Colegiado del Estado aplazó la resolución del amparo promovido por la defensa de Dafne por un lapso de hasta 30 días más para revisar a detalle el caso.