Cancún.- Ante el recrudecimiento de la violencia política por razones de género en México, magistradas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) , se pronunciaron en Cancún a favor de impulsar que esta conducta, tipificada como delito en sólo algunas entidades de la República, sea una causa de nulidad de elecciones.

La magistrada presidenta de la Sala Regional Monterrey, Claudia Valle Aguilasocho , fue la primera en poner el tema en la mesa, durante su participación en un conversatorio sobre Violencia Política de Género , organizado por el Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) , en Cancún.

El tema encontró eco en la magistrada presidenta de la Sala Regional Xalapa , Eva Barrientos , quien coincidió en la necesidad de imponer castigos más severos para detener las acciones que buscan frenar la participación de las mujeres en la política, a través de la violencia, cada vez más exacerbada.

Valle Aguilasocho cuestionó los motivos para ver la propuesta como una exageración, toda vez que si se han registrado avances, al legislar que el rebase de topes de campaña en más de un cinco por ciento, sea causa de nulidad.

“Si tú ganas a elección, pero rebasaste el tope de campaña por más del cinco por ciento, tu triunfo se anula. Cabe preguntarnos ¿vale más el dinero, que la vida de las mujeres y de los hombres?, ¿por qué lo ven como una exageración?”, expuso.

La magistrada afirmó que el tema no es menor, tomando en cuenta que la participación de las mujeres en política crece y, a medida en que aumenta, la violencia que sufren es mayor.

Citó que tan sólo en el proceso electoral de 2018 se registraron 106 denuncias por violencia política de Género y 16 asesinatos de mujeres.

También citó los casos de Aida María y Jessica Salazar, una precandidata por el PRD a la alcaldía de Acahuetzingo y otra, candidata del PT en Ecatepec. A la primera la secuestraron durante un acto político y la decapitaron; a la otra, un comando integrado por 13 personas intentó secuestrarla durante un acto de campaña, lo cual fue impedido por su equipo.

Mencionó también a Silvia Romero, candidata a diputada local, por el PRD, secuestrada en 2015 o a Juana Irais Maldonado, del PVEM, asesinada a tiros. En la lista que enumeró, figuran Pamela Terán, regidora de Juchitán, quien fue acribillada; Antonia Jaimes Moctezuma, precandidata del PRD en Chipala, o Dulce Rebaja Pedro, precandidata del PRI, también asesinadas.

En ese contexto, sostuvo que la intención de estos asesinatos y agresiones, ha sido “sacar a las mujeres de la política” y evitar que ganen cargos de elección popular.

Así, consideró que entre las ventajas de legislar para que una elección se anule, si se prueba que hubo violencia política de género y ello influyó en el triunfo de alguna fuerza política, está el desalentar el desarrollo de procesos electorales violentos, castigar la violencia política y evitar que eche raíz.

“Declararlo como causa de nulidad, desincentivaría la violencia política por razones de género, con la sola entrada de la norma”, dijo.

Barrientos Zepeda añadió que actualmente el marco legal para castigar la violencia de género es insuficiente y no existen sanciones reales. “Si es multa, la pagan”, expresó, al sumarse a la propuesta de Valle Aguilasocho.

Explicó que presentar una denuncia, no siempre inhibe la conducta o el delito, sino que además, generalmente, lo aumenta en agravio de quien lo sufre y señaló que dentro de la circunscripción de la Sala Xalapa, Son Guerrero y Oaxaca los estados con mayor número de casos denunciados.

De Quintana Roo, aunque han existido casos, las denuncias no han llegado hasta la Sala, como el de la candidata a diputada local, Lily Campos, por el Partido Acción Nacional (PAN). La magistrada del Tribunal Electoral del estado (TEQROO), Leticia Cerón, dijo que la queja apenas está en manos del Instituto Electoral de la entidad (IEQROO).

El magistrado de la Sala Regional Toluca, Alejandro David Avante, aclaró que la justicia no puede ser ciega y debe identificar, razonar y juzgar a partir de singularidades y diferencias que conforman un contexto.

afcl

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