Un Juez de Distrito obligó, tras varios desacatos, al a restituir en su cargo al magistrado del Poder Judicial del Estado, Marco Antonio Lezama Moo , quien había sido destituido de manera ilegal por la mayoría de diputados de Morena.

Incluso, debido a que el Poder Legislativo se negó a acatar la orden en un plazo de tres días, la subdirectora de Servicios Jurídicos del Congreso, Georgina Maribel Chuy Díaz, se vio obligada a justificar su desacato y anunció que en la próxima sesión de la Diputación Permanente se acatará la orden.

Y es que la mayoría de legisladores morenistas, con el apoyo del PRI y un grupo de diputados panistas, designaron a seis magistrados, uno de ellos en sustitución de Lezama Moo.

El magistrado había solicitado un amparo de la justicia federal debido a que decidieron aplicarle una cláusula de jubilación al cumplir los 70 años, sin embargo había sido designado en tal cargo antes que se reformara la ley con dicho condicionamiento.

El Juez Décimo Octavo de Distrito, José Ezequiel Santos Álvarez, quien otorgó el amparo al considerar que ninguna ley es retroactiva, determinó que el Congreso violentó el amparo que concedió y ordenó reinstalar al magistrado en un plazo máximo de 10 días.

Lee también:

“Se hará efectivo el apercibimiento que se decretó en autos, motivo por el cual, no es factible dejarlo insubsistente. Pues si bien es cierto, este órgano de amparo tiene conocimiento del procedimiento legislativo y de los plazos y periodos que éste conlleva; también lo es, que, por mandato judicial, como el que este juzgado federal emitió, cualquier órgano del Estado tiene la obligación de acatarlo, así como de adoptar las medidas conducentes para ello”, sentenció.

El juez estableció que en el Congreso “deberán adoptar las medidas pertinentes a fin de retrotraer las cosas a la situación que subsistía cuando fue concedida la medida suspensional y, en su caso, restituir al quejoso en el cargo como magistrado del Poder Judicial del Estado de Veracruz ”.

El juzgador advirtió que si el Congreso no acata su fallo los diputados incurrirán en los delitos que la Ley de la Materia específica para tal efecto, es decir, al violentar el artículo 262 de la Ley de Amparo se establecen penas de 3 a 9 años de prisión, multa de cincuenta a quinientos días, destitución e inhabilitación de 3 a 9 años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos.

Ante, ello la funcionaria legislativa justificó el incumplimiento por falta de tiempo y le anunció que el tema será analizado en la próxima sesión de la Diputación Permanente. Además, informó que se notificó al presidente de la Junta de Coordinación Política, Juan Javier Gómez Cazarín para que incluya el tema.

afcl/rcr

Google News

TEMAS RELACIONADOS

Noticias según tus intereses