Cancún, Q. Roo. - El Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) interpuso una queja ante un Tribunal Colegiado para impugnar el amparo promovido por integrantes del Consejo Regional Indígena y Popular de Xpujil (CRIPX), quienes obtuvieron de un Juzgado de Distrito en Campeche, una suspensión que frena provisionalmente la ejecución del megaproyecto Tren Maya.

Entrevistado al término de su participación en el Exporail 2020, inaugurado en Cancún, el director jurídico del Fonatur, Alejandro Varela, reveló que el 10 de febrero además de presentar al Juzgado Primero su informe previo, correspondiente al amparo 12/2020, promovieron ante un Tribunal Colegiado una queja para impugnar la suspensión provisional .

“Los tramos que se están licitando son vía existente; un juez no puede suspender una vía general de comunicación, porque es como si dijeran ‘no repavimenten la carretera’; las vías generales de comunicación, por criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, no se puede suspender su ejecución, su rehabilitación, ni su actualización.

“No se puede suspender en cinco entidades federativas porque menos del 1 por ciento de una comunidad, se queja. ¿Dónde estarían los derechos de los pueblos originarios de Campeche, de Quintana Roo, de Tabasco, de Yucatán, de Tenosique (sic) que sí votaron a favor?”, expuso.

El funcionario consideró que si la juez concede la suspensión definitiva en la próxima audiencia, habrá de hacerlo sólo para la ejecución del proyecto en Xpujil, no en toda la región que abarca la ruta; explicó que un requisito para conceder la suspensión es que ésta no atente contra el interés social o el orden público.

“Para mí el interés social son las 80 comunidades cuyos líderes y representantes legítimos, no de asociaciones civiles, sí dieron la anuencia”, mencionó.

El amparo

El 6 de enero pasado, 18 integrantes de comunidades indígenas, que forman parte del CRIPX, presentaron un amparo ante la Juez Primero de Distrito, en Campeche, Grissel Rodríguez Febles, en contra de la Consulta Indígena sobre el Tren Maya , la aprobación del proyecto y su ejecución.

La juzgadora dictó un acuerdo, el 14 de enero, por el cual se negó la suspensión sobre la Consulta, al ser un acto consumado.

Al mismo tiempo, concedió la medida cautelar de forma provisional para efecto de impedir la ejecución de las obras del proyecto ferroviario, inmobiliario y comercial, cuya ruta abarca Campeche, Chiapas, Quintana Roo, Tabasco y Yucatán.

El 28 de enero el CRIPX dio a conocer el asunto y el . Dos días después, admitió que el dato era verídico, pero aclaró que no habían sido notificados, lo cual ocurrió el seis de febrero pasado.

Rechaza violación al Convenio 169 en Consulta Indígena

El Fonatur afirma que se cumplieron los principios del Convenio 169 sobre los Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que establecen que las consultas deben ser libres, previas, informadas y culturalmente adecuadas.

También sostiene que los promoventes presuntamente carecen de interés legítimo y jurídico, al no pertenecer a Calakmul, además de no tener representatividad frente a los 69 líderes de comunidades que dan voz a 14 mil personas que se pronunciaron a favor del megaproyecto.

“Si yo tengo 80 documentos colectivos que fueron firmados y celebrados con fechas anteriores a nuestra asamblea regional y llegan 80 autoridades electas por la gente de Calakmul, con representatividad legítima, y esas comunidades representan 20 mil personas, nos dan por escrito la anuencia, para nosotros la consulta fue previa, libre, informada y culturalmente adecuada.

“Convocamos a las autoridades indígenas que tienen cargos ejidales, municipales o de formas de autodeterminación originaria. Ninguno de los 18 quejosos que presentaron el amparo, ninguno, es autoridad en pueblo originario, ejidal o municipal. Tienen todo el derecho de defenderse y de hacer valer sus derechos, pero que no digan que representan a Calakmul, porque no es así”, subrayó.

En opinión del funcionario federal el proyecto fue aprobado “desde que fue publicado en el Plan Nacional de Desarrollo (PND)”; el Protocolo de actuación para la Consulta Indígena fue elaborado sólo por el Instituto Nacional de Pueblos Indígenas (INPI), a cargo de Adelfo Regino, pues no era obligado integrar a las comunidades indígenas en su diseño y contenido.

Agregó que los cuestionamientos hechos por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) a la Consulta Indígena, por incumplir con el Convenio 169, provinieron de una de sus varias agencias; y reiteró que si bien dicha consulta ya se llevó a cabo, no será la única.

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