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“Tanto va el cántaro al agua…” reza un dicho popular, y las iniciativas de ley para censurar —ellos prefieren el término “regular”— los contenidos en Internet, se hacen cada vez más frecuentes; una y otra vez se intenta modificar la legislación actual, sobre todo en materia de telecomunicaciones, para toquetear derechos fundamentales, empezando por la libertad de expresión. En los albores de dichas actitudes, los que proponen agarraron valor al ver que en Estados Unidos y algunos países europeos tenían también intenciones; ya después y encarrilados se fue proponiendo a diestra y siniestra; algunas de esas propuestas han sido berrinches de personajes públicos a los que no les gusta la crítica o ver su nombre en memes y redes sociales. La última, llamada Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Informáticos, presentada el pasado 27 de octubre en el Congreso y que puede ser consultada íntegra desde la página del Senado, es otro intento por romper el cántaro.
Cuando leí por primera vez la también llamada Ley Fayad pensé que se trataba de una broma, que alguien había accedido ilegalmente al sitio en Internet del Senado y había colgado las veintinueve páginas que componen dicha iniciativa, y que en algún punto del documento aparecería alguna consigna justificando los hechos, nunca llegó. Después de mostrar en un par de gráficas donde se muestra lo mal que estamos en cuanto a controles de seguridad y hablarnos de lo que se está haciendo en otros países empiezan las “propuestas”.
El artículo 3 tiene mucha tela de donde cortar, dice por ejemplo que la “difusión de información con el objetivo de causar pánico y desestabilización de la paz pública” sería considerada terrorismo; parece amplio el nivel de interpretación, incluso información difundida por el Estado podría causar desestabilización de la paz pública. En ese mismo artículo se puede interpretar que cualquier programa instalado es ilegal, cualquiera, ya que si a través de este se “obtiene información” estaríamos incurriendo en un delito, el problema es que todos los programas obtienen información. El artículo 11 “obliga” a los proveedores de servicios a entregar información de cualquier usuario a la “policía”, sin orden judicial; en ese mismo tenor el articulo 9 asegura que los proveedores de Internet deberán “suspender sitios, páginas electrónicas y cualquier contenido que atenten contra la seguridad pública”, quién decidirá lo qué atenta y lo que no, esa es la pregunta del millón. Adiós a los Trolls y los memes ya que según el artículo 21 cualquiera que agreda o maltrate a algún usuario podría ir a la cárcel y pagar una multa –a nada está de obligarnos a pedir las cosas por favor y a dar las gracias-. A partir del artículo 22 se toca el asunto de la difusión indebida de la información –incluidos actos de corrupción por supuesto- sin autorización del dueño, de hacerlo podría pasar hasta 18 años en la cárcel.
La #LeyFayad difícilmente progresará –vamos, si no lo han hecho otras mejor articuladas-. Pero más allá del espanto en la redacción de la iniciativa, asusta que, en una de esas, alguna loca propuesta prospere y nos lleve al oscurantismo virtual, nomás eso faltaba.
@Lacevos
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