La sorpresiva y sofisticada fuga de El Chapo Guzmán del Penal Federal de Alta Seguridad del Altiplano puso de manifiesto que el crimen organizado en nuestro país funciona como una auténtica empresa global de carácter conglomerado. Esto último es así pues como una “red de redes”, los grupos mafiosos diversifican sus actividades en giros no siempre relacionados entre sí.

Por ejemplo, con las ganancias ilícitas producto del narcotráfico, del secuestro, de la trata de personas y de la extorsión, de modo usual invierten sus recursos para lavar dinero en los mercados formales, regularmente a través de los sectores financiero, bancario e inmobiliario, además de hacerlo en un sinfín de negocios mercantiles legalmente establecidos.

El rango de sus complejas operaciones comprende tanto remotas rancherías de alejadas comunidades del país como famosas capitales mundiales, situación ésta que les confiere la terrorífica capacidad de condicionar a la sociedad hasta llegar a constituir un verdadero “sistema de poder criminal” en determinadas localidades o regiones, esto en palabras del experto antimafioso Antonio Ingroia.

Así, con una dirección estratégica unificada parecida a una sociedad holding, esos grupos blanquean las ganancias fruto del flujo nacional e internacional de variadas actividades delictivas, por medio de testaferros o de grupos aliados que se ubican en el extranjero y con los que regularmente trafican ilícitamente bienes, servicios, capitales e incluso personas.

¿Cómo se puede entonces combatir a este nuevo tipo de crimen organizado? Para responder habría que recodar lo que obtuvo como conclusión del atentado a las Torres Gemelas en 2001, el Comité Experto que analizó esa falla de inteligencia en EU: la información parcial que tuvieron disponible agencias federales por sí sola pudo haber sido valiosa, pero nunca suficiente para evitar ese acto terrorista.

Es decir, al moderno fenómeno de la delincuencia organizada sólo se le puede combatir si se implementan simultáneamente: a) Las técnicas especiales de investigación relevantes, como el arrepentido, el colaborador y la interceptación.
b) La extinción de dominio de los bienes de que disponen sus integrantes y c) La cooperación policial y de intercambio de información en la materia, la que tiene que darse en todos sus niveles, desde el municipal hasta el internacional.

Como lo avala la rica experiencia internacional en el tema, sólo estas valiosas herramientas son las que permiten, a partir de la suma de sus diferentes enfoques, combatir de manera integral, eficaz y oportuna al crimen organizado trasnacional, quien desde hace tiempo ya utiliza en su actuación ordinaria la denominada “contrainteligencia”.

Con el auxilio de los avances tecnológicos en materia de espionaje, informática y telecomunicaciones, particularmente destaca dentro de esas técnicas especiales la llamada “intervención ambiental”, precisamente como el método ideal para registrar conversaciones y movimientos de sospechosos que se ubican en uno o varios lugares o entornos.

Al evitar el “sobre aviso”, esa técnica hace posible realizar reportes interpersonales progresivos y reconstruir escenas delictivas, además de alertar sobre riesgos que serían imprevisibles al permitir la reacción intempestiva de las fuerzas estatales, que evitan delitos graves, como el homicidio, el secuestro y la extorsión, sin perjuicio de los arrestos, decomisos e incautaciones de recursos de procedencia o destino ilícito que realizan in situ.

Un elemento importante de la también llamada “escucha ambiental”, consiste justamente en su aptitud para detectar de forma temprana a la corrupción, al peculado y al cohecho, peculiaridad ésta que además de ayudar a combatir la impunidad, puede anular, limitar o evitar la indiscutible capacidad de los grupos delictivos organizados para pretender influir en el devenir de las investigaciones a cargo de la fiscalía o de los procesos penales que dirigen los juzgadores.

En resumen, al crimen globalizado del siglo XXI únicamente se le puede combatir frontalmente a través de técnicas especiales y de figuras jurídicas complementarias que, al amparo de la legalidad y del debido proceso, hacen posible que la autoridad persecutoria penetre eficazmente en su compleja, disímil y tecnificada vida interior, al modo de una “gran garganta profunda”, que anticipadamente haga posible “correr el velo” de sus maliciosas intenciones.

Consejero de la Judicatura Federal de 2009 a 2014

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