El cinco de febrero de 2017 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el texto de la primera Constitución para esta Ciudad. De acuerdo a su artículo Primero Transitorio entrará en vigor el 17 de septiembre de 2018, con excepción del apartado referente a la materia electoral, que se encuentra vigente desde el día posterior a su publicación. Esta Constitución, como cualquier otra de las entidades federativas, debe respetar los principios de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917. La Suprema Corte de Justicia de la Nación revisará, mediante los procedimientos de controversia constitucional y acción de inconstitucionalidad, si es acorde con la Constitución general.

Por esta razón, y aun cuando la Constitución de la Ciudad no ha entrado en vigor, ya se preparan demandas para revisar su apego a la Constitución federal. Por ejemplo, los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México han anunciado que impugnarán el contenido de los artículos 35 y 37, los cuales definen cómo se designará a los miembros del Consejo de la Judicatura de la Ciudad. A su juicio, es necesario que la Suprema Corte de Justicia de la Nación revise si esos preceptos transgreden o no el principio de independencia judicial.

No olvidemos que los Consejos de la Judicatura se encargan de la administración de los Poderes Judiciales, a diferencia de los Tribunales Superiores de Justicia, cuya función primordial es la resolución de los juicios penales, civiles y ahora laborales. A nivel federal y en los demás estados de la República, los Consejeros de la Judicatura son nombrados por los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, con diferentes grados de participación.

En el caso de la Ciudad de México, los artículos 35 y 37 citados, prevén que los Consejeros sean nombrados por otro Consejo: el Consejo Judicial Ciudadano, compuesto por 11 ciudadanas y ciudadanos, al menos 7 de ellos profesionales de Derecho, que no recibirán un pago por esta encomienda y que serán seleccionados por el Congreso de la Ciudad, de entre quienes participen en la convocatoria que se realice para tal efecto. Esta propuesta busca reforzar la independencia del Consejo respecto del Tribunal Superior de Justicia y de los otros dos poderes locales. Corresponderá a la Suprema Corte de Justicia de la Nación decidir si este nuevo procedimiento de designación afecta la independencia judicial.

La nueva fórmula para designar a los consejeros de la Judicatura en la Ciudad de México pareciera no tener incidencia directa en la independencia judicial, que se refiere esencialmente a la capacidad de los tribunales de actuar con plena autonomía, de dictar sus resoluciones libres de influencia externa. Incluso, en el caso de las demás entidades federativas y del Consejo de la Judicatura Federal, donde los poderes Ejecutivo y Legislativo intervienen para nombrar a los consejeros, no se cuestiona una afectación a la independencia de los jueces; por el contrario, es obligación de los consejeros defender su independencia. La designación de los integrantes del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México por un grupo calificado de ciudadanos, tampoco pareciera comprometer la independencia judicial, sino más bien, pareciera democratizar aun más el proceso de selección de quienes se encargarán de la administración de los tribunales de esta Ciudad. Éste es uno de los temas que han causado polémica y parece que serán más los que se sumarán a la discusión, al tiempo.

Consejero de la Judicatura Federal

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