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El Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) decretó que Santiago Taboada, excandidato de Va X La CDMX a la Jefatura de Gobierno, no calumnió a Clara Brugada durante las pasadas campañas electorales. Asimismo, en sesión pública virtual, el pleno del Tribunal multó al exabanderado de Movimiento Ciudadano, Salomón Chertorivski, por la transgresión al interés superior de la infancia y la adolescencia durante el pasado proceso electoral.
Al resolver distintos Procedimientos Especiales Sancionadores (PES), las y los magistrados resolvieron que el otrora abanderado de PAN, PRI y PRD no incurrió en calumnias con la publicación de un vídeo en su perfil de Instagram, en el que señalaba irregularidades de Brugada, toda vez que estas expresiones no constituyen un hecho o delito falso, sino que resultan parte de una crítica y opinión del entonces candidato “que se dieron dentro del debate público y que están amparadas por la libertad de expresión, todo ello en la etapa de campañas”.
En tanto, se resolvió que Chertorivski incurrió en la transgresión al interés superior de la infancia y la adolescencia al publicar un video en Tiktok en el que se observa el rostro, sin difuminar, de dos menores de edad, por lo que se le impuso una multa de mil 85 pesos y una amonestación pública.
De igual forma, el Pleno del TECDMX resolvió 11 juicios electorales relativos a la elección de la Jefatura de Gobierno, promovidos por el PAN, en los que resolvió anular la votación en 22 casillas. Los resultados finales variarán, pero se confirmó el triunfo de Clara Brugada.
También las y los magistrados revocaron el desechamiento parcial de una queja en la Comisión Permanente de Quejas del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM), promovida por Catalina Monreal, en contra de la alcaldesa electa de Cuauhtémoc, Alessandra Rojo de la Vega, por diversas publicaciones en redes sociales en la que se denuncia violencia política de género.
“La Comisión responsable dejó de considerar que la verdadera causa de pedir de la hoy actora se enfocó a la continuación de lo que, a su dicho, se trata de una estrategia sistemática de violencia de género en su prejuicio y no a la libertad de expresión en aislado o en lo individual, ni sobre la manifestación de ideas en lo particular, menos al libre debate público y crítica severa”, precisa la sentencia dada a conocer por las y los magistrados.
Este asunto se decidió gracias al voto de calidad del presidente interino del TECDMX, Armando Ambriz, pues la votación había quedado empatada.
jf/cr
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