Más Información

Tras 50 años, regresa el lobo al bosque; Semarnat anuncia reubicación de la especie en Sierra Madre Occidental

ONU adopta iniciativa de México para frenar la producción de drogas como fentanilo; es contra equipo para crear tabletas y cápsulas

Senadores del PVEM respaldan plan B de Sheinbaum; dicen que hay coincidencias con el "manejo racional de los recursos"

Margo Glantz y Elena Poniatowska conversan sobre literatura, periodismo y feminismo; casi 190 años de historia viva en Coyoacán
El Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) aprobó el modelo de la boleta electoral, cuatro modelos de actas, cinco modelos de documentos auxiliares y una mascarilla braille para la elección de la Jefatura de Gobierno.
Estos materiales contendrán diversas medidas de seguridad para garantizar la certeza en el sufragio. Además, también se avaló un modelo de boleta, tres modelos de actas y seis documentos auxiliares para el voto de las y los mexicanos residentes en el extranjero para dicha elección; y los formatos únicos personalizados de la documentación electoral para el voto en el extranjero bajo la modalidad electrónica por internet y la modalidad electrónica presencial.
Esta documentación se producirá en los Talleres Gráficos de México, con excepción de la documentación para el voto en el extranjero, ya que solo será emitida por sistema.
Lee también La boleta del 2024
De igual forma, se determinó que la documentación relativa a actas de cómputo total de la elección de Jefatura de Gobierno y carteles de resultados de cómputo total de la elección, será producida por la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral y Geoestadística del IECM.
En otro punto, el Consejo General aprobó los lineamientos para las sesiones de los cómputos locales, declaratorias de validez y entrega de constancias de mayoría y del cuadernillo de consulta sobre votos válidos y votos nulos, así como el material didáctico para la capacitación sobre las sesiones de los cómputos distritales.
Estos lineamientos tienen la finalidad de garantizar a la ciudadanía, partidos políticos y, en su caso, candidaturas sin partido que los actos realizados por las autoridades electorales durante los cómputos de las elecciones locales sean imparciales y apegados a las disposiciones previstas en la normatividad correspondiente y que se desarrollen con estricto apego a los principios rectores de la función electoral.
ss/rmlgv
Noticias según tus intereses
[Publicidad]
[Publicidad]











