Toluca, Méx.- En el Estado de Méxic o habrá subsidio al 100% en el pago de tenencia , los automotores que podrán acceder al refrendo vehicular de enero al 31 de marzo son aquellos con unidades registradas en el padrón vehicular del , personas físicas, residentes en la entidad con vehículos de hasta 400 mil pesos de valor factura, sin IVA y de 115 mil en el caso de motocicletas.

El precio del refrendo este año que deberán pagar los propietarios de vehículos asciende a 787 pesos , pues tuvo un incremento del 6% con respecto al 2022, de acuerdo con la Secretaría de Finanzas .

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El acuerdo publicado en la Gaceta de Gobierno señala que para acceder a este subsidio deben ser residentes en el Estado México, estar al corriente en sus obligaciones fiscales estatales e impuestos. Los requisitos para acceder al beneficio son: Pagar en una sola exhibición los importes de las contribuciones no eximidas, Desistir de demandas administrativas, Cumplir los lineamientos generales y procedimientos que señale la Secretaría de Finanzas, es necesario pagar el reemplacamiento durante los tres primeros meses del año 2023.

Los interesados deben realizar la gestión a través del Portal de Servicios al Contribuyente de la Secretaría de Finanzas mexiquense o acudiendo a alguno de los Centros de Servicios Fiscales para obtener el Formato Universal de Pago correspondiente y efectuar el pago de derechos por servicios de control vehicular.

Son aplicables sobre adeudos de contribuciones y accesorios estatales, las personas físicas propietarias de vehículos destinados al transporte de uso particular inscritos en el Registro Estatal de Vehículos estatal, de conformidad con los parámetros siguientes: estar al corriente en el pago de contribuciones de 2018 y años anteriores, así como de sus accesorios en el impuesto de tenencia o uso de vehículos y derechos por refrendo para vehículos de uso particular, particulares de carga, comercial, remolques, motocicleta, motoneta, trimoto, cuatrimoto y auto antiguo.

También habrá subsidio de 100% en el pago de las contribuciones y de los accesorios causados en el primer trimestre de 2023 y ejercicios fiscales anteriores, en el impuesto sobre la adquisición de vehículos automotores usados, siempre y cuando el contribuyente realice el trámite de cambio de propietario en la entidad, y en los derechos por cambio de propietario.

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En el caso de las personas físicas propietarias de vehículos destinados al transporte de uso particular, con placas de circulación expedidas durante 2018, se les eximirá de 50% del pago de derechos en la renovación de placas, si al 31 de diciembre de este año cumplieron con el pago de tenencia o uso de vehículos y derechos de control vehicular del año 2022.

No procede el subsidio de impuesto cuando el pago de derechos de servicio de control vehicular se realice después del plazo, existe alguna irregularidad o falsedad en los datos y documentos proporcionados, el solicitante no reúna alguno de los requisitos establecidos, los vehículos porten placas de circulación o estén registrados en otra entidad. No podrán acceder a los beneficios quienes cuenten con placas de circulación expedidas en el 2017 o anteriores, que no hayan cumplido con la renovación de placas, cuando tengan adeudos por concepto de tenencia de ejercicios fiscales anteriores o cuando tengan otros beneficios fiscales en el mismo vehículo automotor.

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