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La reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (ILE), aprobada en marzo del 2021 e impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, fue declarada inconstitucional este miércoles por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), lo cual, según Oscar Ocampo, experto en energía por el IMCO, traerá beneficios en las relaciones de México con los Estados Unidos en el marco del Tratado Comercial entre México, Estados Unidos y Canadá.
Oscar Ocampo, experto en energía del Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), hizo hincapié en entrevista con EL UNIVERSAL en el beneficio que se abre en las relaciones con Estados Unidos, pues recordó que “estamos en un proceso de consultas por la política energética mexicana al amparo del T-MEC y el representante comercial de EU demandaba cuatro cosas, entre las que destacaba la reforma a la ley de la industria eléctrica. Por tanto, al invalidarse esta ley, de alguna forma se 'descensura' este proceso de consultas, y se reduce la posibilidad de que EU nos lleve a un panel de solución de controversias de estado a estado".
En su fallo de hoy, la Suprema Corte resolvió que la ley daba ventaja a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) de inyectar primero su energía a la red nacional respecto a otras empresas privadas, lo cual transgredía la competencia y libre concurrencia, además de que generaba una alteración en el mercado eléctrico.
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En una llamada telefónica, Ocampo dijo a EL UNIVERSAL que "esta reforma, bajo una argumentación ‘legaloide’ de que los que tengan contratos de energía firme, es decir, de gas natural o de combustibles fósiles, que no dependen a la variabilidad de que haya sol, agua, viento o no, son los que inyectan primero su energía a la red y que tengan cierto tipo de contrato; eso sólo aplicaba únicamente a la central de la CFE".
La CFE tenía un costo de producción de energía eléctrica mucho más elevado que los privados, debido a su longevidad y al monopolio que ostentaba. Sin embargo, Ocampo resaltó que esta energía resulta más contaminante.
También, añadió que con la aprobación de esta ley en marzo de 2021, las empresas protestaron, debido a que habían invertido bajo otras condiciones y con la nueva reforma se atentaba contra sus derechos. Por tanto, hubo una cascada de amparos, que hacen que la ley se suspendiera tan pronto como se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
El Coordinador de Energía y Medio Ambiente del IMCO señaló que, pese a que esta ley nunca estuvo en vigor, generó una incertidumbre jurídica a lo largo de estos años.
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"Con la resolución de la Corte se ampara a seis empresas con efectos generales que afecta a todos los participantes del mercado eléctrico. Asimismo, se suspende e invalidan las reformas de 2021 y acaban por tumbar la ley", aseguró.
Lo anterior, resaltó, es importante porque al suspenderse la ley, ésta ya no se puede implementar.
"Esto manda un mensaje de certeza para la inversión porque ya no se vive en la incertidumbre de que en cualquier momento se pudieran caer los amparos y entrara en vigor dicha ley".
Finalmente, el Coordinador de Energía y Medio Ambiente del IMCO ve con buenos ojos la resolución de la Corte, a la que calificó como altamente positiva, puesto que “es una decisión muy positiva en relación con la competitividad del sector eléctrico en México y también para la transición energética, porque la reforma impactaba la huella ambiental de la energía eléctrica en México al privilegiar las fósiles, las cuales desincentivaban por completo las inversiones en energías renovables, que siguen obstaculizadas por la parte de los permisos; no obstante, se quita una traba".
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