La razón por la cual se amplió el plazo para que las puedan presentar su declaración anual hasta el 31 de mayo, es para seguir apoyando las medidas de sana distancia y que el mayor número de contribuyentes pueda cumplir desde casa usando las aplicaciones digitales disponibles.

El (SAT), a través de un comunicado, explicó que la medida es para evitar que un mayor número de contribuyentes se concentre en sus oficinas.

“Esta medida obedece a que el Servicio de Administración Tributaria seguirá apoyando de manera firme la Jornada de #SanaDistancia y #QuédateEnCasa”, argumentó.

Ante esto, hizo un exhorto respetuoso a los contribuyentes a privilegiar el uso de las distintas herramientas tecnológicas que se tienen a su disposición para el cumplimiento de las obligaciones fiscales para sustituir los trámites presenciales.

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Recordó que a través de la App SAT ID se puede generar o actualizar la contraseña y renovar la firma electrónica cuando su vencimiento sea menor a un año.

Para una asesoría cuenta con el chatbot en el minisitio de declaración anual o en el portal de declaraciones.

¿Quiénes deben presentar su declaración?

El órgano recaudador de impuestos hizo un recordatorio respecto a los que están obligados a declarar como personas físicas en esta temporada que inicialmente vencía el 30 de abril y la extendió al 31 de mayo.

Presentan declaración los que obtuvieron ingresos por servicios profesionales, es decir, los que cobran por honorarios.

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También por actividades empresariales pagan el Impuesto Sobre la Renta (ISR). Además, los que obtuvieron ingresos por arrendamiento, intereses, dividendos y por venta y compra de bienes.

Asalariados

En el caso de los asalariados, aclaró el SAT que tienen que declarar cuando percibieron ingresos anuales por arriba de los 400 mil pesos y los que trabajaron para dos patrones de manera simultánea.

Además, si recibieron otros ingresos diferentes a su salario.

Cuando su salario provino del extranjero o de personas no obligadas a retener el ISR. Por indemnización o jubilación.

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Saldos a favor

El SAT también aprovechó para mencionar el procedimiento para las devoluciones de impuestos.

Si la declaración anual resulta con un saldo a favor para el contribuyente, indicó que para solicitarla se requiere utilizar la contraseña cuando el monto es menor o igual a 10 mil pesos.

Sin embargo, si rebasa esa cantidad y hasta 150 mil pesos, se necesita la cuenta CLABE del banco precargada.

Se utiliza la firma electrónica si el saldo a favor es superior a los 10 mil pesos y se captura una nueva cuenta bancaria CLABE.

cev/nv

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