A pesar de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha defendido el criterio que emitió en 2015 a favor de los matrimonios igualitarios, aún 20 entidades federativas no han legislado al respecto y las parejas del mismo sexo recurren a amparos para contraer nupcias.

El pasado 28 de septiembre, la Suprema Corte resolvió tres amparos en revisión en los que consideró inconstitucionales diversas normas de los estados de Nuevo León, Chiapas e Hidalgo por limitar la definición de matrimonio a las uniones entre un hombre y una mujer con el fin de procrear.

Esta es la segunda ocasión que el Máximo Tribunal emite una resolución en ese aspecto por lo que hace a las leyes de Nuevo León e Hidalgo, por lo que tal como lo establece la Ley de Amparo, se ordenó notificar a los Congresos locales de ambos estados sobre la existencia de esas resoluciones en un mismo sentido.

En el mismo supuesto, el Congreso de Sinaloa fue notificado desde abril pasado por una segunda resolución en un juicio de amparo en revisión a favor de los matrimonios entre personas del mismo sexo.

Según lo establece la ley, esto no implica que los estados están obligados a legislar, pero de existir cinco resoluciones en el mismo sentido y crear jurisprudencia, las autoridades en esos estados deben aplicarla para evitar que sus resoluciones sean revocadas.

“Se les notifica el sentido de la resolución de que es inconstitucional la norma, pero es todo el efecto que tiene la resolución, porque la Suprema Corte no puede ordenar en un juicio de amparo que el Congreso modifique el Código Civil, debido a que el amparo tiene efectos sólo para las partes que lo solicitaron”, explicó Manuel Ramírez, asesor de la Dirección General de Derechos Humanos de la SCJN.

“Lo único que hace la Corte al notificar es decirle al Congreso ‘van dos veces que resuelvo de esta manera y te digo que es inconstitucional y tú no has hecho nada, no te puedo obligar pero te vuelvo a informar que lo que tienes es inconstitucional’, es una especie de invitación a reformar [la ley]”, agregó el asesor,

En julio del año pasado la Corte publicó una jurisprudencia en la que estableció que cualquier ley que prohíba el matrimonio entre personas del mismo sexo es inconstitucional puesto que, agregó, la finalidad constitucional del matrimonio es la protección de la familia, por lo que calificaron como “no idóneo” que algunas legislaciones limiten su función a la procreación.

Esta jurisprudencia es comúnmente invocada en los estados en los que las parejas del mismo sexo son impedidas para contraer nupcias, y desde entonces varios Congresos locales han optado por adecuar sus legislaciones al criterio de la Corte antes de recibir demandas de amparo por parte de las personas interesadas en acceder a este derecho.

Tal es el caso de Guerrero, que en julio de 2015, por iniciativa enviada por el entonces gobernador Rogelio Ortega Martínez, reformó su legislación para adecuarla conforme al criterio de la Corte. En mayo de este año Michoacán y Morelos hicieron lo propio.

EL UNIVERSAL constató que hasta la fecha, la SCJN ha resuelto amparos en revisión e inconstitucionalidades en los que se ha pronunciado con relación a las leyes locales de Nuevo León, Sinaloa, Hidalgo, Jalisco, Colima, Baja California, Oaxaca y Chiapas.

Jalisco, la modificación

Por ejemplo, en el caso de Jalisco, la legalización de estas uniones derivó de una resolución de la Corte sobre una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).

La SCJN indicó que la prohibición contenida en el Código Civil de Jalisco para que las parejas del mismo sexo contrajeran matrimonio es inconstitucional, por lo que al notificar al Congreso le señaló en qué términos debía quedar su ley, en consecuencia, el código fue reformado tal como lo ordenó el Máximo Tribunal.

En Colima ocurrió lo mismo que en Jalisco, la Corte declaró inconstitucional la figura de enlaces conyugales prevista en el Código Civil del estado, que fueron aprobados en 2014 para establecer legalmente las uniones entre personas del mismo sexo; sin embargo, dicha figura no era reconocida por instituciones como el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), por lo que resolvió que esa figura debía ser eliminada por considerarla discriminatoria. En mayo de este año el Congreso de Colima legisló y aprobó los matrimonios igualitarios en la entidad.

En Baja California y Oaxaca todavía no hay criterio reiterado y las parejas del mismo sexo han conseguido casarse vía amparo o bien han tenido que recurrir a otra entidad en donde sí está permitido.

Chiapas es uno de los estados sobre las que el Máximo Tribunal resolvió un amparo en revisión en el que avala los matrimonios gay, desde antes el Congreso había aprobado la legalización de estas uniones en la entidad, pero a la fecha de la presentación del amparo todavía no entraba en vigor.

CDMX, seis años de libre decisión

En la Ciudad de México hace seis años que fue aprobada la iniciativa sobre los matrimonios igualitarios y en Coahuila ocurrió en 2014.

Quintana Roo decidió legislar en diciembre de 2011, luego de que dos parejas del mismo sexo contrajeron nupcias argumentando que en la ley del estado no había ninguna prohibición expresa a estas uniones.

Luego de que en agosto del año pasado la Suprema Corte emitió una resolución para que las parejas del mismo sexo en Campeche pudieran adoptar, el Congreso de la entidad modificó su legislación, puesto que según la SCJN, su Ley de Sociedades de Convivencia era inconstitucional porque aunque reconocía determinados derechos a parejas diversas, restringía otros como la adopción.

En mayo de 2016 Campeche reformó los códigos Civil y Penal para permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo y prohibir la unión entre menores de edad.

En junio de 2015 el gobernador de Chihuahua, César Duarte, anunció la eliminación de los preceptos que impedían a las parejas del mismo sexo a solicitar licencias de matrimonio.

Esto, luego de que varias parejas pidieron amparo porque fueron rechazadas por el Registro Civil para casarse porque el Código Civil de la entidad impedía los matrimonios igualitarios.

El gobierno de Chihuahua explicó que se tomó la decisión de legislar para permitir los matrimonios igualitarios en la entidad a modo de evitar que los amparos lleguen a la SCJN. “Lo que menos quieren es que los amparos promovidos por los denunciantes lleguen hasta la Suprema Corte”, explicó en ese entonces Mario Trevizo, secretario general de Gobierno.

De igual modo que ocurrió en Chihuahua, el Congreso de Nayarit decidió legalizar el matrimonio igualitario en la entidad, con lo que evitó que los amparos lleguen a la Corte.

En mayo pasado el presidente Enrique Peña Nieto envió al Congreso de la Unión la iniciativa para legalizar el matrimonio igualitario a nivel nacional. De ser aprobada la reforma las entidades que no han legislado al respecto deberán homologar sus leyes para no contravenir la Constitución federal.

Manuel Ramírez, asesor de la SCJN, consideró que la oposición de ciertos sectores sociales y el rechazo de la Iglesia católica a la iniciativa ha provocado que los legisladores eviten entrar al tema de los matrimonios igualitarios.

“Ahorita hay muchos estados que tienen reformas congeladas y el Congreso de la Unión mantiene también paralizada la iniciativa del Presidente, esto es un tema político de que los legisladores, a nivel federal o local, no quieren entrarle al tema debido a la oposición que también ha surgido a raíz de que fue presentada la iniciativa”, expuso Ramírez.

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