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El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (INAI) ordenó a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) entregar las versiones públicas de los documentos con los cuales ocho aerolíneas acreditaron capacidad financiera para obtener la concesión de los servicios de transporte de pasajeros, carga y correo.
Se trata de información relacionada con las empresas ABC Aerolíneas, Vuela Compañía de Aviación, Aeroenlaces Nacionales, Aerovías de México, Aeromar, Grupo Aéreo Monterrey, Aerovías Caribe y Mexicana Inter.
La SCT clasificó la información como "reservada y confidencial", al señalar que había información económica, contable, jurídica y administrativa; así como información reservada de las empresas Aerovías Caribe y Mexicana Inter por ser parte un concurso mercantil.
El recurso de revisión fue turnado a la ponencia del comisionado Monterrey Chepov, quien solicitó acceso a los documentos clasificados, para sustentar el caso.
Así su ponencia advirtió que la información se circunscribe a instrumentos jurídicos, administrativos y contables, que dan cuenta de actos de carácter económico y patrimonial de las empresas, presentados ante la SCT con la finalidad de obtener la concesión de explotar el espacio aéreo nacional.
Señaló que la difusión de la información se traduciría en una muestra clara de la transparencia de la gestión pública y de la rendición de cuentas, pues corresponde a los insumos por medio de los cuales diversas personas morales del sector privado cumplieron con un requisito “sine qua non” para la obtención de una facultad o prerrogativa por parte del Estado.
Respecto a la reserva de Aerovías Caribe y Mexicana Inter, se determinó que la información requerida es previa al concurso mercantil y no afecta dicho proceso, el cual es público y cualquier persona puede solicitar información a través de los mecanismos con que cuente el Poder Judicial de la Federación.
La ponencia de Monterrey advirtió la existencia de datos susceptibles de clasificarse como “confidenciales” que deben testarse en las versiones públicas, por tratarse de registros del patrimonio de personas morales diversas a las aerolíneas, referencias de cuentas por cobrar y el modelo de negocios de las empresas.
Así el pleno del INAI modificó la respuesta de la SCT y le ordenó poner a disposición del solicitante versiones públicas de los documentos con los que las líneas aéreas acreditaron su capacidad financiera para obtener la concesión de los servicios de transporte aéreo nacional regular de pasajeros, carga y correo.
tpc
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