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El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) dio a conocer hoy los lineamientos generales para que esta instancia ejerza la facultad de atracción.
El objetivo es regular la atribución del INAI a determinar los recursos de revisión que se encuentren en trámite ante los organismos garantes de las entidades federativas (especializados en acceso a la información y protección de datos personales), que por su interés y trascendencia podrá conocer, así como los procedimientos internos para su tramitación.
Estos preceptos publicados en el Diario Oficial de la Federación, establecen que la facultad de atracción del INAI será a partir de un análisis caso por caso.
Para identificar los recursos de revisión que puede atraer de oficio o a petición de los organismos garantes de las entidades federativas se deberán tomar en consideración el interés y la trascendencia de los casos.
El pleno del INAI determinará por mayoría simple ejercer o no la facultad de atracción; una vez atraído el recurso, se remitirá al comisionado o comisionada presidente para que realice el turno por estricto orden cronológico y alfabético, y tendrá 40 días hábiles para dar la resolución, cuya ejecución estará a cargo del organismo garante de la entidad federativa.
Los lineamientos, que entrarán en vigor a partir del 5 de mayo de 2016, indican que en tanto entra en funcionamiento la Plataforma Nacional de Transparencia, los organismos garantes de las entidades federativas deberán utilizar como canal de comunicación con el INAI la dirección electrónica facultaddeatraccion@inai.org.mx.
cfe
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