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El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) presentará mañana al Senado un decálogo de sugerencias que debe contener una futura Ley General de Protección de Datos Personales.

Se trata una serie de recomendaciones para que los legisladores tengan un piso mínimo de puntos a trabajar en una futura Ley de Protección de Datos Personales, tanto en poder del gobierno como de particulares, que forma parte de las leyes secundarias pendientes de la reforma constitucional.

La presentación de este decálogo coincide con el inicio de las audiencias públicas, convocadas por la Comisión de Gobernación, que preside Cristina Díaz (PRI), y Estudios Legislativos Primera, que preside el senador Raúl Gracia (PAN), para la dictaminación de dicha ley.

En sus consideraciones, los comisionados del órgano de transparencia aseguran que es necesario precisar que el régimen aplicable a los sindicatos, personas físicas o morales de carácter privado, cuando reciban y ejerzan recursos públicos o realicen actos de autoridad, es la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, toda vez que no son autoridades o sujetos obligados que rije esta norma.

Para los comisionados es conveniente precisar los principios de consentimiento, finalidad y licitud con el objetivo de evitar confusiones, respecto a su alcance.

“Es de suma importancia especificar los tipos de vulneraciones de seguridad que se tienen identificadas en materia de protección de datos personales”, señalaron.

Recomendaron al Senado reconocer y desarrollar un régimen de transferencias nacionales e internacionales de datos personales y prever reglas claras para transmitir válidamente, información personal, dentro y fuera de territorio nacional, entre otros.

En materia preventiva, delinearon acciones como la realización de evaluaciones de impacto a la privacidad y la designación de un oficial de protección de datos personales, para evitar posibles vulneraciones.

Dijeron que es necesario contar con la posibilidad de emitir un Acuerdo de Inicio del Procedimiento de Verificación, a nivel procesal, con la finalidad de blindar las actuaciones y el procedimiento que en su caso derive, situación que puede impactar positivamente en el grado de efectividad de los organismos garantes.

“Es conveniente enfatizar que la actuación del Inai, únicamente puede ser revisada por los tribunales del Poder Judicial de la Federación, por lo que un mecanismo como el de la revisión del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, podría contravenir la Carta Magna”, explicaron.

Conforme a los objetivos de la ley general en la materia, la emisión de un reglamento no es necesaria, si se considera que su desarrollo corresponde a la ley federal y a las leyes locales que en su momento se emitan.

Es imprescindible que se hagan las previsiones presupuestales para el Inai, ya que tendrá competencia para conocer de los asuntos relacionados con la protección de datos personales de cualquier autoridad, entidad, órgano u organismo que forme parte de alguno de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos.

El Inai estima de suma importancia incluir temas de vanguardia y que en caso de “suplantación de identidad”, se fortalezcan las atribuciones del organismo garante para cooperar y colaborar con otras autoridades en su combate.

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