La Audiencia Nacional española ordenó este jueves que Diego Cruz Alonso, detenido en Madrid el pasado junio por la violación de la joven Daphne Fernández, continúe en la prisión madrileña de Soto del Real. Los tres magistrados de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia desestiman así el recurso presentado por la defensa de Cruz, que solicitaba su excarcelación.

El auto, con fecha del 21 de julio, desestima el recurso de apelación puesto por la defensa de Cruz el 11 de junio (el día posterior a su detención) contra la decisión de mantenerlo en prisión preventiva mientras se resuelve la extradición que México ha solicitado para juzgar al presunto violador, que huyó de México.

En su recurso Diego Cruz alegaba “que tiene doble nacionalidad, que jamás se ha hurtado a la acción de la justicia compareciendo ante el juzgado de Veracruz que instruye el caso todas y cada una de las ocasiones en que ha sido citado, que abandonó México en marzo de 2015 para hacer un curso en la Universidad europea, que no es un delincuente, perteneciendo a una familia estructurada y que tiene domicilio conocido en la residencia de estudiantes y por último, que no reconoce su participación en el delito que se le imputa”. Por ello, Cruz solicita medidas cautelares “menos gravosas” que la prisión, como la presentación regular ante los juzgados o la presentación de una fianza.

El tribunal español desestima todos estos argumentos: considera que, al trasladarse de México a España y no regresar cuando México emitió ante Interpol una orden internacional de captura, Cruz demostró su intención de extraerse a la justicia, y que el supuesto abuso sobre Daphne Fernández en Boca del Río, Veracruz, en enero de 2015, es un suceso muy grave que debe ser juzgado. “Ambas circunstancias, la salida cuando menos precipitada de México, y la negativa a ser entregado, en relación con la gravedad de los hechos que se le imputan constitutivos de un delito de de abusos sexuales sobre una menor, constituyen elementos suficientes para considerar que existe un elevado riesgo de fuga”.

El auto también aclara que España está obligada a respetar sus convenios judiciales con México y auxiliarlo en sus intervenciones legales, por lo que no es competencia de los juzgados españoles determinar la implicación del sospechoso en los hechos por los que se le acusa, sino cooperar con México para que pueda ser juzgado allí. Por eso, los magistrados consideran que la prisión provisional es “una medida idónea”, “ya que es la única manera de asegurar la entrega de quien se puso fuera del alcance de la acción de la justicia en su país, trasladándose a otro país, siendo así que no ha manifestado en ningún caso el reclamado su intención de trasladarse voluntariamente a Méjico [sic.], sino todo lo contrario”.

Diego Cruz fue detenido el 10 de junio en una céntrica calle de Madrid cuando se dirigía a una fiesta. El joven estaba en paradero desconocido desde que había llegado a España, dos meses antes, a pesar de que residía en una residencia de lujo para estudiantes de la capital. Cruz rechazó ser extraditado, lo que habría supuesto que estuviese ante los juzgados mexicanos en 48 horas. Con su negativa se abrió un proceso que puede demorarse varias meses. Las autoridades mexicanas ya han remitido a las españolas todos los documentos necesarios para que una sección de tres magistrados españoles decidan sobre la extradición. El auto de este jueves señala que los argumentos de la defensa de Cruz serán desestimados y que el joven deberá regresar a México para ser juzgado.

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