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Un juez federal en el estado de Chiapas negó un amparo para evitar que una adolescente de 16 años contraiga nupcias.
La protección de la justicia federal había sido solicitada por la madre de la adolescente quien argumentó que las autoridades civiles de la entidad violentaban los derechos humanos de su hija al aplicar la legislación expedida por el Congreso de Chiapas en la que fija como edad mínima los 18 años para contraer matrimonio.
El juez Juan Marcos Gutiérrez Dávila, titular del Juzgado Primero de Distrito de Amparo y Juicios Federales, con residencia en Tuxtla, Gutiérrez, sostuvo en su resolución que al encontrarse involucrada una menor en el asunto, las autoridades no violaron sus derechos humanos pues, al no haber permitido que la adolescente se case evitaron exponerla a circunstancias negativas para su salud mental y física, razón por la cual determinó negar el amparo.
"La intención del legislador al elevar la edad mínima para contraer matrimonio, es evitar el abuso sexual de los menores de edad y por consiguiente violar los derechos humanos inherentes con los que cuenta, pues el matrimonio infantil está estrechamente relacionado con la escasez económica, de ahí el compromiso del Estado de reducir la pobreza, que probablemente llevará a una disminución de los matrimonios entre infantes o adolescentes", puntualizó el juez en la sentencia de amparo.
Agregó que si bien la madre es de origen indígena perteneciente a la etnia tzotzil, a pesar de que ella y su hija se rigen por los usos y costumbres de su comunidad, éstos no pueden estar por encima del interés superior del menor previsto en la constitución.
Por lo que, permitirle contraer nupcias vulneraría los derechos de la adolescente, precisó Dávila Rangel.
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