Colima podría convertirse en el segundo estado del país en eliminar el fuero para sus funcionarios, pues las fracciones parlamentarias de Acción Nacional y Movimiento Ciudadano promueven iniciativas en este sentido y los tres diputados independientes están por presentar una similar.

Con esta medida se pretende que tanto el gobernador del estado, como los 10 presidentes municipales, los 10 síndicos, los 80 regidores y los 25 diputados puedan ser sometidos a procesos penales si cometen algún delito y sin la necesidad de pasar por un desafuero en el Congreso local.

El diputado Luis Ladino, coordinador de la bancada panista y autor de una de las iniciativas recibidas por la Oficialía de Partes, indicó que la intensión es combatir la impunidad de los funcionarios que escudados en el fuero evadían la justicia.

Reconoció que el estado de Jalisco, que hace unos días eliminó el fuero para mil 598 funcionarios, generó un parteaguas en este tipo de acciones y afirmó que las iniciativas que ya se presentaron y las que están por entregarse podrían fusionarse en un solo dictamen para conseguir los acuerdos necesarios para sacar adelante este tema.

"He visto con agrado que diversos compañeros del congreso, de diversas fuerzas políticas se han sumado a este clamor social, por lo que no tengo duda que daremos un ejemplo de sensibilidad y confianza ante los ciudadanos con acciones como estas”, señaló.

El legislador consideró que la figura del fuero se ha desgastado y aunque en un principio representaba inmunidad para los funcionarios con el fin de protegerlos de actos abusivos o de represión por parte del Estado, en la actualidad no tiene vigencia.


“La democracia actual nos exige a los servidores públicos representar el sentir y clamor ciudadano que nos obliga a no tener privilegios ni distinciones”, dijo.


La figura del fuero constitucional apareció en 1856 bajo un decreto que otorgaba inmunidad a los diputados; en sus dos primeros artículos se establecía que los legisladores no podían ser perseguidos criminalmente sin antes haber autorización expresa del Congreso.


En 1917 el artículo 61 de la Constitución Mexicana consagro únicamente a la “inviolabilidad” de los legisladores a causa de sus opiniones, sin embargo en 1977 se adicionó un segundo párrafo que establece de manera expresa la protección del fuero constitucional para ellos.


En noviembre de 1978 este artículo de la legislación federal se plasmó íntegro en la Constitución del Estado de Colima, bajo el numeral 26.


“Soy un convencido de la desigualdad jurídica que ha propiciado el abuso de la figura del fuero constitucional, al considerar que ciertos servidores públicos gozan de esa prerrogativa que se ha ido descontextualizando y perdiendo esencia, debemos pugnar para que la ley se aplique para todos por igual”, indicó Ladino Ochoa.


Sin embargo, de aprobarse esta medida, al igual que en Jalisco, el gobernador del estado continuaría gozando del fuero que le otorga la legislación federal.

ALG

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