El Congreso Local aprobó varias reformas a la Constitución del Estado de Guanajuato para la implementación del Sistema Estatal Anticorrupción.

Las reformas contemplan la creación de una Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, la figura de la extinción de dominio en los casos de enriquecimiento ilícito y la obligación de los servidores públicos de presentar su declaración patrimonial y de intereses y fiscal.

La diputada Beatriz Manrique del PVEM, señaló que se sientan las bases para la posterior aprobación de leyes secundarias contra la corrupción, entre estas la 3de3.

"El estado va un paso atrás de lo federal, una vez que se apruebe allá, estaremos en condiciones de trabajarlo acá", explicó.

En la sesión ordinaria de este jueves, la diputada panista Libia Dennise García señaló que el Congreso del Estado no dará un paso atrás en el combate frontal a la corrupción y a la impunidad. “No más delitos cometidos por servidores públicos, no más actos de corrupción que queden sin sanción, no más simulaciones de autoridades o particulares que esconden delitos”, agregó.

La diputada Arcelia González afirmó que la implementación completa de la agenda anticorrupción implica un cambio radical en la cultura política y en sus prácticas. “Una responsabilidad que también signifique ir a la cárcel y asegurar que las injusticias no continúen rodeándonos y sumen a la ecuación de la corrupción”, dijo.

El dictamen fue sometido aprobándose por unanimidad en lo general. En lo particular, el diputado David Alejandro Landeros de Morena, presentó una reserva en lo relativo a la Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción.

“Estamos de acuerdo en que la Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción tenga autonomía técnica y operativa, sin embargo también creemos que debe tener la suficiente autonomía política, para que sea verdaderamente objetiva cuando incurran en responsabilidades servidores públicos que sean del Ejecutivo, Legislativo, Judicial u Organismos Autónomos, sin importar la ideología política o intereses particulares”, manifestó.

El paquete de reformas a la Constitución establece que el Sistema Estatal Anticorrupción es la instancia de coordinación entre las autoridades del orden de gobierno estatal y municipal competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos públicos.

Dicho sistema deberá contar con un Comité Coordinador integrado por los titulares de la Auditoría Superior del Estado, la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, la Secretaría del Ejecutivo responsable del control interno, un representante de los órganos internos de control de cada región, el Presidente del Tribunal de Justicia Administrativa, el Presidente del organismo autónomo en materia de transparencia, un representante del Consejo del Poder Judicial y dos del Comité de Participación Ciudadana, este último deberá estar integrado por cinco ciudadanos respetando la equidad de género.

Asimismo se establecen las atribuciones del Comité Coordinador y se contempla la creación de la Fiscalía Especializada de Combate a la Corrupción, la cual estará adscrita a la Procuraduría General de Justicia del Estado, y será un órgano con autonomía técnica y operativa para investigar y perseguir los hechos que la ley considere como delitos en materia de corrupción.

Modifica el capítulo relativo a la responsabilidad de los servidores públicos, agregando como sujetos de responsabilidad también a los particulares.

Cambia la denominación del «Tribunal de lo Contencioso Administrativo» por «Tribunal de Justicia Administrativa», quien podrá imponer sanciones además de a los servidores públicos estatales y municipales, a particulares que incurran en actos vinculados con faltas administrativas graves y fincará a los responsables el pago de las indemnizaciones y sanciones económicas que deriven de los daños y perjuicios que afecten a la Hacienda Pública estatal o municipal o al patrimonio de los entes públicos estatales o municipales.

Puntualiza que los servidores públicos estarán obligados a presentar, bajo protesta de decir verdad, su declaración patrimonial y de intereses, así como la constancia de presentación de declaración fiscal. Asimismo se precisan las bases por las cuales se aplicarán las sanciones.

En la reformas se incluye el enriquecimiento ilícito dentro de las reglas para iniciar un procedimiento de extinción de dominio.

Será facultad del legislativo designar a los titulares de los órganos internos de control de los organismos con autónomos (Instituto Electoral del Estado, Tribunal Electora, Procuraduría de los Derechos Humanos, Universidad de Guanajuato y Tribunal de Justicia Administrativa) que ejerzan recursos del Presupuesto de Egresos del Estado, por el voto de las dos terceras partes de sus miembros.

El nombramiento del titular de la Secretaría del Poder Ejecutivo con atribuciones de Control Interno, sigue a cargo del gobernador estatal, ratificado por las dos terceras partes del Congreso.

Dentro de las facultades del Congreso Local se agrega que la contratación de deuda pública del Estado o municipios, deberá ser aprobada por las dos terceras partes de los miembros del Congreso presentes, y únicamente podrán contraer empréstitos cuando se destinen a inversiones públicas productivas y a su refinanciamiento o reestructura.

Estado y los municipios podrán contraer obligaciones a corto plazo las que deberán liquidarse a más tardar tres meses antes del término del periodo de gobierno correspondiente y no podrán contratarse nuevas obligaciones en ese lapso.

afcl

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