Para contar con mayor tiempo de análisis, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aplazó hasta el lunes la resolución de las acciones de inconstitucionalidad que impugnan al menos cinco candados “antibronco” que el Congreso de Puebla incluyó en su Código de Instituciones y Procesos Electorales.

El requisito más impugnado por los partidos políticos inconformes es el que condiciona a todos los dirigentes, militantes o afiliados de un partido político, su posible postulación como candidatos independientes en los comicios de 2016, a menos que hayan renunciado un año antes a cualquier tipo de militancia política.

Los candados “antibronco”, denominados así tras la victoria del candidato independiente a la gubernatura de Nuevo León, Jaime Rodríguez Calderón, El Bronco, también prohiben la postulación como candidatos independientes de cualquier persona que haya ocupado cargos de elección popular en los comicios inmediatos, tanto federales como locales.

Las impugnaciones promovidas por los partidos PRI, Morena y Movimiento Ciudadano también impugnan un tercer candado que se impuso a los aspirantes independientes que prohibe a los legisladores locales buscar la reelección consecutiva en caso de que renuncien al partido que los postuló mientras siguen en funciones.

Además están impugnados los plazos para poder recabar las firmas de apoyo a los candidatos independientes, con el argumento de que tiene contradicciones; y el requisito de tener las firmas de 3% de los votantes inscritos en el padrón electoral para su registro.

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