En 209 de los 212 municipios veracruzanos entró hoy en vigor un nuevo Reglamento de Tránsito Estatal que endurece penas a conductores irresponsables, da preferencia a los peatones, pero también les establece obligaciones y prevé sanciones económicas y prisión por actos de corrupción en contra de ciudadanos y agentes de tránsito.

El nuevo ordenamiento legal estatal fue acogido por 209 municipios donde comenzará a aplicarse a partir de este jueves; mientras que en los Ayuntamientos de Boca del Río, Tuxpan y Córdoba se rechazó porque el servicio está municipalizado o porque las autoridades están en contra de las tasas impositivas.

El director general de Tránsito del estado, Edmundo Martínez Zaleta, informó que los oficiales de las 76 delegaciones de Tránsito del Estado levantarán las multas correspondientes a los automovilistas tomando en cuenta las nuevas disposiciones viales.

El funcionario estatal rechazó que el Reglamento de Tránsito cuente con fines recaudatorios sino que trata de prevenir los accidentes mortales; y recordó que tenía 27 años sin actualizarse, por lo que resultaba obsoleto.

En ese sentido, comentó que se registran 10 mil accidentes viales en el estado de Veracruz al año, donde 7 mil dejan por lo menos 600 víctimas mortales entre uno y 29 años de edad.

Atribuyó los accidentes viales principalmente a la irresponsabilidad de los conductores, pues en ocasiones utilizan los teléfonos celulares o los dispositivos móviles o rebasan los límites de velocidad o no respetan el rojo del semáforo.

El reglamento (www.veracruz.gob.mx/reglamentodetransito) estipula obligaciones para los conductores de automóviles, como portar toda la documentación del vehículo en regla y licencia, así como verificación vehicular; disminuye los límites de velocidad dentro de ciudades y carreteras estatales,  pero también obliga a tener el vehículo en óptimas condiciones mecánicas, pues de lo contrario se harán acreedores a multas.

Por ejemplo, la ley señala que “todos los vehículos que transiten en las vías públicas del Estado, deberán encontrarse en condiciones satisfactorias de funcionamiento mecánicas, técnicas y técnicas de seguridad, no hacerlo se considera infracción leve”.

Incluso, se permite infraccionar a “aquellos vehículos que se detengan por falta de combustible en la vía pública”; y se obliga a que los autos tengan dos espejos retrovisores laterales, aun y cuando de fábrica no los porten.

Se prohíbe a los conductores y pasajeros arrojar basura y objetos a la vía pública desde cualquier vehículo estacionado o en movimiento.

Se imponen multas a conductores que no den paso a peatones, que conduzcan en estado de ebriedad y de manera temeraria; se establecen legalmente los retenes alcoholímetro y se fijan los niveles mínimos y máximo de alcohol.

Cuando un conductor obtenga como resultado de las pruebas para la detección del consumo de alcohol por encima del permisible, se le impondrá́ una sanción administrativa consistente en arresto inconmutable de hasta 36 horas, que se cumplirán en las instalaciones para sanciones administrativas que correspondan. Si una persona que lo acompañe tiene licencia y no presenta aliento alcohólico podrá llevarse el automóvil.

Se establecen años y pesos para que los niños puedan viajar en automóviles en sillas porta infantes o en cojín elevador; y se fijan límites de velocidad menores a los actuales, pues ahora irán desde los 40 kilómetros por hora en avenidas hasta los 80 en carreteras estatales.

En el caso de motocicletas, se prohíbe transportar a pasajeros menores de 12 años de edad y se fijan diversas reglas para que puedan circular por calles y carreteras.

El nuevo reglamento da prioridad a los peatones, pues los automovilistas siempre deberán darles el paso, siempre y cuando intenten atravesar las calles por las esquinas; pero también existen obligaciones para los ciudadanos.

Por ejemplo, se prohíbe a los peatones tirar basura en la vía pública, en lugares no autorizados para tal efecto; se les exige atravesar las vialidades por los lugares legalmente establecidos y utilizar los puentes peatonales.

Y se establece que aquel peatón que por su negligencia o imprudencia ocasione un accidente en el que hubiere danos o lesionados, será́ puesto a disposición de la autoridad competente para la responsabilidad que le resulte, así́ como en su caso la reparación del daño que corresponda.

Se imponen multas más severas a los actos de corrupción de agentes de tránsito, quienes podrían ser condenados a siete años de prisión al comprobarse que incurrieron en tal delito.

spb

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