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El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) no toma decisiones que favorecen a alguna empresa en particular, aseguró ayer Gabriel Contreras, presidente del regulador.

“El IFT nunca ha tomado una decisión que esté sesgada hacia algún operador o que tenga el objeto de preferir a un operador respecto de otro, o que haya un elemento de discriminación; por el contrario, lo que ha procurado es fomentar la máxima concurrencia”, expresó.

El viernes pasado, el regulador informó que retrasaría la licitación de la banda de 2.5 GHz, óptima para servicios móviles en zonas urbanas, de 2017 a 2018, con el fin de que puedan participar los interesados en la Red Compartida.

Asimismo, se dio a conocer que la postergación fue a solicitud de Mónica Aspe, subsecretaria de Comunicaciones de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) y de la empresa Rivada Networks.

El presidente del IFT señaló que recibieron el comunicado de Aspe y “tenemos conocimiento de que todos los interesados estaban buscando que hubieran condiciones para que pudieran participar”. Al respecto, Telefónica México pidió “evitar el acaparamiento y la concentración en el espectro”.

El funcionario destacó que no se ha tomado la decisión sobre las condiciones bajo las cuales se llevará a cabo la licitación de la banda de 2.5 GHz.

Lo que el regulador decidió es postergar unos meses la decisión “para asegurarnos de tomarla cuando el mercado tenga ya a un operador de una Red Compartida Mayorista, es una decisión prudente”, subrayó.

Difiere sobre apagón. Respecto al estudio sobre el apagón analógico realizado por la oficina del comisionado Adolfo Cuevas, destacó que, en lo personal, no está de acuerdo.

Según el presidente del IFT, se cumplió con el mandato constitucional de llevar a cabo el apagón analógico bajo el criterio expresado en la ley donde se menciona que debía garantizarse el 90% de penetración en los estratos socioeconómicos definidos por la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol).

“No comparto lo que el concluye ahí, señalar que debió entregarse una TV únicamente a aquellas personas que no tenían recursos y no entregarse a las personas que se encuentran en el mismo nivel de pobreza por el solo hecho de que hicieron un esfuerzo para tener TV restringida; a mí me parece que sería discriminar a quienes tienen TV restringida”, aseguró.

Seis meses para cumplir con ley. El Canal del Congreso cuenta con seis meses para cumplir con las obligaciones de ley relacionadas con las concesiones de uso público, mencionó Gabriel Contreras.

“Independencia editorial, autonomía de gestión financiera, garantías de participación ciudadana, reglas claras para la transparencia y rendición de cuentas, defensa de contenidos, opciones de financiamiento, pleno acceso a tecnologías y reglas para la expresión de diversidades ideológicas étnicas y culturales”, debe garantizar el Canal del Congreso, dijo.

Durante la entrega al Congreso de la concesión de uso público para usar y aprovechar bandas de frecuencia del espectro radioeléctrico para la prestación del servicio público de TV radiodifundida a través el canal 45, así como una concesión única de uso público con una vigencia de 30 años, el funcionario indicó: “Ahora compete al Congreso dar cumplimiento al mandato previsto en la Constitución, dotar al Canal del Congreso, como medio público, del marco jurídico necesario que asegure su actuación conforme a los principios ordenados por la propia Constitución”.

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