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El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), publicó las condiciones técnicas mínimas para la interconexión entre concesionarios que operen redes públicas de telecomunicaciones que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2016.
“El presente acuerdo tiene por objeto establecer las condiciones técnicas mínimas necesarias para la interconexión entre concesionarios que operen redes públicas de telecomunicaciones de conformidad con el artículo 137 de la LFTyR”, indica lo publicado en el Diario Oficial de la Federación. Como parte de la regulación, el acuerdo menciona que los concesionarios deben conducir el tráfico dentro de su red pública de telecomunicaciones hasta los puntos de interconexión donde se realizará el intercambio de tráfico.
En el documento publicado por el IFT se menciona que los concesionarios interconectados podrán realizar acuerdos para intercambiar tráfico que sean acordes a la arquitectura de sus redes y sus intereses de tráfico “siempre que ello les permita llevar a cabo una efectiva y eficaz interconexión e interoperabilidad de sus redes públicas de telecomunicaciones”.
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