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Si tu camino es el de constituirte como una persona moral (sociedad), necesitas realizar una acta constitutiva y realizar varios trámites, para los cuales necesitarás un abogado y un notario.
A mediados de marzo se publicó –por fin– en el Diario Oficial de la Federación una reforma a la Ley General de Sociedades Mercantiles, la cual da vida a una figura denominada Sociedades por Acciones Simplificadas, la cual permite la creación y registro de una sociedad en un sólo día y sin costo para los emprendedores.
“Esto quiere decir que la obtención de RFC y firma electrónica ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT), así como la notarización de la escritura constitutiva y la inscripción de la misma en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado, podrán ser realizados de manera expedita por medio de una plataforma digital y sin costo para el solicitante”, explica el Tecnológico de Monterrey mediante un comunicado, una de las instituciones que impulsó esta modificación.
Esta nueva forma de crear empresas fue hecha para “eliminar las principales barreras que inhiben la inversión para los emprendedores, como son los costos y el tiempo asociado a trámites y registros de propiedad”. Si quieres crear una empresa de esta forma, lo puedes hacer hasta el 15 de septiembre, cuando entra en vigor esta nueva disposición.
“Es necesario acudir con un abogado para que te diseñe exactamente la estructura que tú necesitas de tu negocio, que se llama acta constitutiva, y con ésta, vas con el notario y éste te la registra”, explica el contador.
La Ley de Sociedades Mercantiles exige que la sociedad sea constituida ante un fedatario público, y éste, es un notario. Existe la opción de que él registre a la nueva empresa ante el Registro Federal de Contribuyentes, que es lo que sucede más comúnmente.
Él mismo puede expedir la Cédula de Identificación Fiscal y este servicio se ofrece de manera gratuita a los contribuyentes que lo requieran, según explica el SAT en su sitio de internet.
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