Más Información

Morena en San Lázaro cierra filas con Claudia Sheinbaum por reforma electoral; Monreal reconoce que no hay acuerdo con aliados

Gurría Treviño, salario mensual equivalía al de dos presidentes de México; se jubiló a los 43 años con jugosa pensión

Familiares del matrimonio poblano asesinado exigen agotar todas las líneas de investigación; "no descansaremos hasta obtener verdad y justicia"

Cae jefe operativo del CJNG, junto a 13 presuntos secuestradores en Veracruz; liberan a una persona privada de su libertad

Investigan desaparición del hijo del exsenador Jorge Luis Preciado tras localizar su auto calcinado; revisan cámaras de la zona
Debido a que tanto el IMSS como el Servicio de Administración Tributaria (SAT) no han publicado disposiciones oficiales respecto a la aplicación de la nueva Unidad de Medida y Actualización (UMA), existe incertidumbre en materia laboral y fiscal, advirtió el Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF).
En un pronunciamiento emitido el día de hoy, los ejecutivos de finanzas del país liderados por Adriana Berrocal, solicitaron a las autoridades aclaren su postura respecto a la aplicación de la UMA o salario mínimo para los efectos antes expuestos.
Como se recordará la UMA entró en vigor hace un año en sustitución al salario mínimo, para usarlo como referente de cálculo para el pago de contratos de vivienda, multas, recargos, derechos, prestaciones, tarifas y otras disposiciones en las leyes federales, de las entidades federativas y de la Ciudad de México.
“Por el momento las autoridades fiscales no han emitido Regla Miscelánea Fiscal alguna en la que aclaren su postura en el sentido de considerar a la UMA como unidad de medida”, acusó el IMEF.
Explicó que en materia fiscal existe incertidumbre al señalar como ejemplo la determinación de los ingresos exentos para los trabajadores o el pago del fondo de ahorro para el retiro, y en general respecto de diversas prestaciones derivadas de un servicio personal subordinado que se encuentran indexadas al salario mínimo.
La principal duda en materia de seguridad social, para los ejecutivos de finanzas sobre la UMA es su aplicación para determinar los límites de los conceptos que integran el salario base de cotización para el IMSS y consecuentemente el pago de las aportaciones en materia de seguridad social.
Al respecto, el IMSS ha emitido diversos comunicados y aclaraciones en los que no ha sido concluyente en señalar la unidad de medida que debe aplicarse para el pago de las aportaciones en materia de seguridad social.
Pero no existe certeza expresa en cuanto a la utilización de la UMA para tales efectos, advirtieron.
Hasta ahora el único pronunciamiento es una publicación extraoficial emitida por el director de Incorporación y Recaudación del IMSS, Tuffic Miguel Ortega, en su cuenta oficial de Twitter en la que externó “que el Consejo Técnico del Instituto acordó adecuar los sistemas y procedimientos para implementar la reforma constitucional que creó la UMA, precisando que el IMSS aplicaría la UMA para el pago de cuotas de seguridad social referidas al salario mínimo”.
El IMEF puntualizó que la postura adoptada por el instituto derivado de la Reforma Constitucional, es considerar aplicable la UMA en todas las referencias que en leyes federales se haga al salario mínimo, que incluye tanto en materia fiscal y el pago de las aportaciones como en seguridad social.
afcl
Noticias según tus intereses
[Publicidad]
[Publicidad]









